El Congreso de los Diputados ha decidido este martes aprobar la proposición de ley para establecer impuestos temporales a los sectores energético y bancario. En el Pleno, que ha comenzado a las 15:00 horas, los parlamentarios han abordado la tramitación de la ley impulsada por el PSOE y Unidas Podemos. La medida ha salido adelante gracias a los apoyos de ERC, Bildu y PNV, a pesar de la negativa del PP, Vox y Ciudadanos a gravar los beneficios extraordinarios al sector energético y las entidades de crédito. Proposición que ya estudian otros países europeos.

La proposición establece a través de sus dos artículos un gravamen temporal energético aplicable a personas o entidades que tengan la consideración de operador principal en los sectores energéticos y un gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito con ingresos iguales o superiores a 800 millones de euros.

7.000 millones de recaudación

Los nuevos impuestos fueron anunciados por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante su intervención en el Debate sobre el Estado de la Nación como parte del plan económico para afrontar los costes derivados de la crisis energética y de precios, provocados a su vez por la invasión rusa de Ucrania.

El nuevo gravamen al sector energético estará en vigor durante 2023 y 2024 y buscará recaudar 2.000 millones de euros al año de los beneficios extraordinarios de estas empresas en 2022 y 2023.

De su lado, el impuesto "excepcional y temporal" dirigido a "las grandes entidades financieras que ya han empezado a beneficiarse de la subida de tipos de interés", según ha argumentado el Gobierno, tendrá una duración de dos años -sobre los ejercicios 2022 y 2023- y buscará recaudar 1.500 millones cada año.

Sobre la posibilidad de que las empresas trasladen el coste del impuesto a los clientes, el Gobierno ha establecido en la proposición una sanción del 150% del importe que se traslade al usuario.

Gravamen temporal a energéticas

Por lo que se refiere al sector eléctrico, gasista y petrolero, la prestación se fija en el 1,2% de su cifra de negocios, lo que posibilita que las aportaciones de cada grupo respondan a su cuota de mercado.

Por otra parte, la regla general es que se sometan a la prestación los grupos económicos que ostenten la condición de operadores principales, definidos de acuerdo con las normas fiscales, lo que incluye exclusivamente a las empresas españolas del grupo, no siendo objetivo de gravamen, por tanto, la cifra de negocios obtenida por dichos grupos mediante filiales en otros países.

Impuesto al sector bancario

En el caso de las entidades de crédito, la prestación se fija en el 4,8% de su margen de intereses (intereses cobrados menos pagados) más sus comisiones netas (cobradas menos pagadas). Según la proposición, se trata de partidas que permiten mantener "la debida proporcionalidad" en las aportaciones de cada grupo empresarial según su cuota de mercado.

Como sucede con las empresas energéticas, se someten a la prestación como regla general, los grupos fiscales, quedando fuera del gravamen los intereses y comisiones obtenidos por sus filiales en el sector.

"En el sector de las entidades de crédito es relevante conocer el peso que el gravamen supone respecto de sus principales magnitudes. Así, el impacto anual estimado del gravamen apenas representa un 0,06% del valor de los activos de las grandes entidades de crédito españolas", sostienen PSOE y Unidas Podemos en la proposición.