Pregunta: Estoy embarazada de 12 semanas y el pasado 24 de abril me contrataron en una empresa. El periodo de selección fue largo y hubo varias pruebas, pero al final conseguí el trabajo. Cuando me presenté al puesto yo ya sabía que estaba embarazada. Firmé el contrato, con fecha de inicio en día 24/04, fijo discontinuo y con un periodo de prueba de 2 meses. Mi idea es intentar esconderlo lo máximo posible hasta que pasen esos dos meses de prueba. Me da miedo que me echen por estar embarazada al estar de prueba.

Sin embargo, para entonces ya estaré de 5 meses y supongo que ya será bastante evidente que estoy embarazada, sobre todo porque el uniforme que tenemos es ceñido a la cintura. ¿Me recomendáis decirlo ya o esperar hasta que no pueda esconderlo más?

Respuesta: Como norma general, durante el período de prueba cualquiera de las partes -trabajadora o empresario- pueden desistir del contrato sin necesidad de alegar o justificar causa alguna. Y esto era así también en el caso de la trabajadora embarazada.

No obstante, la reforma del artículo 14.2 del Estatuto de los Trabajadores, en vigor desde el 8 de marzo de 2019, establece una protección reforzada de la mujer trabajadora gestante durante el período de prueba.

Protección de la trabajadora embarazada y despido nulo

Se trata de un canon reforzado y de una inversión de la carga de la prueba a favor de la trabajadora, de suerte que el desistimiento empresarial en estos casos, al igual que acontece con el despido, está protegido con la nulidad objetiva, esto es, si no hay causa -que no puede ser la libre voluntad del empresario- el despido sería nulo y, por lo tanto, no podría optar por echarla de la empresa abonándole la indemnización legal que, en este caso, sería muy baja por la escasa antigüedad, sino que tendría que mantenerla en su puesto de trabajo.

No estamos en un supuesto en el que el empresario no pueda despedir en ninguna circunstancia, como ocurriría en período de prueba de cualquier persona trabajadora, sino que solo podrá hacerlo por una justa causa disciplinaria.

Somos conscientes de que trabajo y trabajadora embarazada es un binomio de difícil convivencia para una parte del empresariado -esperemos que cada vez menor-. Por ello, no le aconsejamos que usted comunique su decisión, pues podría determinar que, en el supuesto de que pretendan despedirla, pudieran “preparar” el terreno y la prueba de eventuales incumplimientos. Y lo decimos siendo conscientes, como también lo somos, de la indignidad que supone, desde el punto de vista personal, que usted tenga que ocultar su estado si no quiere hacerlo.

Si quiere información más detallada sobre este tema, puedes dirigirse a cualquiera de las sedes de UGT.