El caso del Hospital Ramón y Cajal ya no gira exclusivamente sobre cómo se gestionaron sus listas de espera quirúrgicas. La polémica abre el debate hacia qué herramientas tiene un profesional sanitario para denunciar una posible irregularidad desde dentro sin quedar expuesto en su propio entorno laboral. El gerente del centro reconoció a una de las facultativas que alertaron del caso que el hospital carece de un canal anónimo propio, aunque la Comunidad de Madrid dispone de un sistema centralizado para el conjunto de su Administración.
La discusión tiene como pretexto la denuncia del cirujano Luis Martos, que expuso los cambios en la prioridad de pacientes pendientes de una intervención. Acorde a la documentación publicada por El País, tanto Martos como otros médicos detectaron modificaciones que afectaban a 57 pacientes en marzo de 2025, realizadas sin conocimiento de los facultativos que habían fijado inicialmente su prioridad. El propio cirujano explicó, tras el estallido de la polémica, que algunos de los enfermos pasaron de una categoría con un plazo objetivo de intervención de 90 días a otra de 180.
Desde la Puerta del Sol no sólo se ha rechazado la interpretación del cirujano, sino que se construyó una suerte de campaña contra el mismo. La consejera de Sanidad, Fátima Matute, llegó a acusarle de haber manipulado él mismo las listas para “trabajar menos y operar casos menos complejos”. Martos no se calló ante las imputaciones del Gobierno regional y respondió con una querella contra la consejera, sosteniendo que, desde que hizo pública su denuncia, existe entre parte de sus compañeros una “ley de silencio” motivada por el temor a futuras consecuencias.
Hay canal, pero fuera del hospital
El punto más delicado del asunto que está en el mecanismo de denuncia. La Comunidad de Madrid cuenta con un Canal del Informante alojado en su Portal de Transparencia, concebido para empleados públicos y personas vinculadas profesionalmente a la Administración comuniquen posibles infracciones. El sistema permite optar por la anonimización de los datos personales y establece garantías de confidencialidad y protección frente a posibles perjuicios.
Según los testimonios recogidos en el caso del Ramón y Cajal, los propios denunciantes desconocían la existencia de esta vía. Susana Alonso, cirujana del centro, escribió al gerente en mayo de 2025 afirmando que no existía un mecanismo anónimo en el circuito interno del hospital. Subrayó que Recursos Humanos tampoco supo indicarle uno. Carlos Mingo respondió que se había estudiado y validado la puesta en marcha de un canal interno propio, aunque acorde a la información de El País aún no estaba operativo.
Sendos facultativos aseguraron que habrían utilizado un canal anónimo en caso de haber sabido de su existencia. Martos incluso aseguró estar “completamente señalado” tras la denuncia; lo cual desplaza el eje del debate desde la mera existencia formal de un canal hacia algo más concreto. Es decir, si los trabajadores conocen la herramienta, saben cómo acceder a ella y confían en que pueda protegerles.
Qué dice la Ley
La Ley 2/2023, que desarrolla una directiva europea sobre protección de informantes, obliga a las entidades del sector público a disponer de sistemas internos para comunicar infracciones. La norma establece que esos canales deben admitir comunicaciones por escrito o verbalmente , así como garantizar la confidencialidad del informante.
Eso no significa necesariamente que cada hospital madrileño esté obligado a disponer de un sistema independiente. Los centros del Sermas no tienen personalidad jurídica propia, lo que introduce un dilema jurídico sobre hasta dónde llega la obligación individual de cada hospital. El Servicio Madrileño de Salud, que sí tiene personalidad jurídica, está sujeto a la mencionada ley, mientras que la Comunidad defiende que su canal centralizado cumple esa función para el conjunto de sus empleados.
La comparación con otras autonomías muestra que no existe un único modelo. Galicia y País Vasco han optado también por sistemas centralizados; Andalucía dispone de un canal específico para su sistema sanitario y Cataluña ha implantado canales propios en cada hospital. La diferencia afecta sobre todo a la proximidad y visibilidad del mecanismo para quien trabaja en el centro.
La distancia entre tener un canal y saber usarlo
Ahí aparece la principal grieta que deja el caso. Madrid tiene un canal para informantes, pero los médicos que denunciaron las irregularidades aseguran que no sabían que podían recurrir a él. El sindicato Amyts censuró precisamente la falta de difusión de estos mecanismos y preguntó a sus delegados en los 35 hospitales madrileños sobre la existencia de canales específicos en cada centro.
La Comunidad rechaza que exista falta de protección. Desde la Consejería de Sanidad defienden que “quien quiera denunciar, canales tiene” y califican de falsa la acusación de que se esté impidiendo a los profesionales comunicar irregularidades. El portal autonómico establece, además, procedimientos para anonimizar los datos y preservar la identidad de quien informa.
La cuestión, por tanto, no es únicamente si existe un mecanismo sobre el papel. El caso Ramón y Cajal plantea hasta qué punto ese sistema resulta conocido, accesible y suficientemente cercano para un profesional que debe alertar sobre una actuación de sus propios superiores.
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