El tensionamiento del mercado de la vivienda es una realidad que se reproduce por todo el país, pero golpea especialmente a grandes ciudades, entre las que destacan Madrid y Barcelona. El Gobierno desarrolló la ley de Vivienda para dar herramientas a las comunidades autónomas, competentes en la materia, para abordar esta problemática, pero Cataluña es la única que las ha implementado. Este miércoles, la Generalitat ha dado un paso más abordando los alquileres de temporada, tanto en lo referido a su precio como a los requisitos para ser considerados como tal.

El Ejecutivo liderado por Pere Aragonès aborda de esta manera la proliferación de los contratos de alquiler por meses, estrategia utilizada por los caseros para poder subir los precios del alquiler saltándose la norma. Cada vez más propietarios están optando por la definición de alquileres temporales que se renuevan cada poco tiempo, pese a que los inquilinos gocen del inmueble como vivienda habitual, reservándose la posibilidad de rescindir el contrato o cambiar las condiciones al poco tiempo de acceder a la vivienda. Ahora, esto se acabó en Cataluña.

En Barcelona, el número de alquileres temporales representaba ya el 40% del total de oferta de alquiler, no siendo gran parte de ellos vacacionales o justificados. El decreto ley aprobado especifica ahora que este tipo de arrendamientos serán también considerados vivienda habitual. Este cambio de naturaleza significa que en todo este tipo de contratos deberá detallarse la motivación de la temporalidad y, de no ser esta de fines recreativos (profesionales, académicos, médico o de tránsito a otra vivienda), el inmueble pasará a considerarse habitual, estará supeditado a la regulación de precios y será el casero el que deberá pagar los honorarios inmobiliarios.

Puntos de la nueva ley de vivienda catalana

Tras la toma de esta decisión, la consellera de Territorio y Sostenibilidad, Ester Capella, ha celebrado que la presente legislación tiene como objetivo “evitar la picaresca” en la que se han instalado bastantes arrendadores. En estas, Capella ha hecho énfasis en que “hay que regular todos los agujeros que la ley estatal no había previsto y que han servido para eludir la aplicación de la norma”.

La presente ley modifica la normativa de vivienda catalana de 2007 para que los alquileres de temporada se consideren también vivienda habitual, salvo que el casero y el inquilino pacten que su uso es estrictamente recreativo, vacacional o para asistir a un evento. De esta manera, a partir de este momento todos los contratos tendrán que concretar la razón de la temporalidad del contrato y que, en caso de que sean usos diferentes a los recreativos se considere una vivienda habitual y quede sujeta a la regulación de los precios; y también a la obligatoriedad de que sea el propietario quien abone los honorario de la inmobiliaria.

Capella ha ejemplificado la actual ley con el caso de un piso de estudiantes. En este caso, aunque el contrato de alquiler pueda ser de carácter temporal, se considerara como de uso permanente y no pasajero, por lo que queda sujeta a la mencionada contención de rentas.

Entre otros puntos del texto destacan que también se regula el alquiler de habitaciones para quedar sujeta el mismo régimen de contención de rentas. Asimismo, se especifica la necesidad de que en todos los anuncios de pisos de alquiler se detalle el precio del contrato anterior, es decir, el que fija el índice de precios estatal y si el propietaria es o no un gran tenedor.

En lo referente a materia sancionadora, se considerará con una multa de 90.000 a 900.000 euros– si el propietario alquila un piso un 30% por encima de lo permitido-. Si es entre un 10% y un 30% (de 9.000 a 90.000 euros), es una infracción grave, y hasta un 10% (de 3.000 a 9.000 euros) se considera leve. El decreto ley sirve también para dar a la Administración catalana derecho preferente de compra de vivienda en las zonas declaradas tensionadas

La normativa entrará en vigor mañana jueves. Esto es, después de publicarse en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), aunque tendrá que refrendarse en sede parlamentaria. Es importante destacar este aspecto, ya que existe la posibilidad de que se termine votando en la Diputación Permanente del Parlament, a la espera de la constitución de la cámara después de la fecha marcada en rojo en Cataluña.

En materia de Vivienda el Ejecutivo Central se ha reunido dos veces, precisamente, para poner coto exactamente a la misma casuística, pero desde Cataluña consideran que la medida es de extrema urgencia y no puede esperar al veredicto de Madrid, máxime cuando tiene competencias sobre este bien.