Aunque solo tiene poco más de 8.000 habitantes, una coporación de 13 concejales y un presupuesto anual por debajo de los 14 millones, los servicios jurídicos con que cuenta el Ayuntamiento de Carboneras deben de ser de primer orden considerando que, casi tres lustros y decenas de sentencias después de la paralización en 2006 de las obras casi terminadas del hotel El Algarrobico, el inmueble sigue en pie. 

El Ayuntamiento de Carboneras ha conseguido hasta ahora salir airoso de sus regates a la justicia. El último episodio de su interminable batalla para que el hotel no sea demolido se ha conocido esta semana, cuando una sentencia del Tribunal Supremo admitía que no tiene autoridad para ordenar la demolición del hotel mientras el Ayuntamiento no revoque la licencia de obras con la que en 2003 dio luz verde a su construcción, si no con el beneplácito sí con la anuencia de la Junta de Andalucía.

Los vigilantes de la playa

Ni la Junta de Andalucía ni el Estado ni, por supuesto, el Ayuntamiento de Carboneras cumplieron con su deber de proteger el litoral de la invasión de cemento que ya ha destrozado kilómetros y kilómetros de costa mediterránea. Quienes sí hicieron bien su trabajo, los verdaderos cigialntes de la playa, fueron los ecologistas, con el colectivo conservacionista Salvemos Mojácar a la cabeza, a quien después le tomaría el relevo la organización internacional Greenpeace, que no arroja la toalla.

En su página web, la organización ecologista resume así la situación:

¿Por qué es ilegal?

  • Porque está situado dentro del Parque Natural Cabo de Gata, en terreno no urbanizable.
  • Porque está construido a solo 14 metros de la ribera del mar, lo que incumple la Ley de Costas.

¿Por qué sigue en pie?

A pesar de que existen más de 20 pronunciamientos judiciales que demuestran su ilegalidad, las administraciones responsables permanecen pasivas y no cumplen sus promesas. Con voluntad política e interés real de las administraciones implicadas la demolición del hotel puede realizarse en cualquier momento. El derribo y la posterior restauración del entorno crearán en torno a 400 puestos de trabajo según un estudio.

Nuevo escrito ante el TSJA

Ayer, la organización ecologista registraba un escrito ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en el que insta a la ejecución forzosa de la sentencia dictada en julio de 2021 por la que obligaba al Ayuntamiento almeriense a revisar de oficio la licencia de obras concedida a la promotora Azata del Sol el 13 de enero de 2003.

Era la respuesta de Greenpeace al decepcionante fallo del Tribunal Supremo en el que rechazaba anular la licencia de obras para que sea el Ayuntamiento de la localidad almeriense el que revise el permiso municipal de oficio y lo deje sin efecto, pues solo en ese caso se podrá por fin llevar a cabo una demolición del inmueble que el Gobierno de España y la Junta de Andalucía parecen dispuestos a cinfnaciar conjuntamente.

El Ayuntamiento de Carboneras recurrió la mencionada sentencia julio de 2021 del TSJA ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo pero el recurso de casación fue inadmitido en un auto de fecha 18 de mayo de 2022 que le fue notificado al Ayuntamiento el 5 de junio de 2022.

Contumacia municipal

Pero ni siquiera ante los requerimientos del Tribunal Supremo se ha movido de su posición el gobierno local, de alcalde socialista. En su escrito ante el TSJA, Greenpeace recuerda que el consistorio "no ha iniciado expediente alguno referido a la revisión de oficio de la licencia de obras, ni parece tener la menor intención de hacerlo". De hecho, hasta la fecha "no han tenido efecto alguno las numerosas resoluciones judiciales relacionadas con el Hotel Azata del Sol en la playa del Algarrobico" debido fundamentalmente a la "negativa municipal a cumplirlas".

Al hilo de dichos incumplimientos, recuerda una información de Europa Press, el propio TSJA acordó el pasado mes de noviembre requerir al Ayuntamiento de Carboneras informes quincenales sobre los pasos que se estaban dando para modificar, como debe por imperativo legal, la calificación del Algarrobico "a suelo no urbanizable de especial protección" en su planeamiento urbanístico, ya que en incluso en verano el alcalde, José Luis Amérigo, fue apercibido con multas de hasta 250 euros semanales si no se producía un cambio de calificación en esta zona y en El Canillar dentro del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).

Al parecer, el Ayuntamiento teme que la revocación de la licencia que él mismo concedió lo obligue a asumir al menos en parte la indemnización que Azata pueda reclamar, si bien esta ya exigió en un día 70 millones de euros pero la justicia rechazó sus pretensiones. En todo caso, el gobierno local guarda un mutismo absoluto. 

Justicia sin efectos prácticos

"La única resolución judicial que ha tenido efectos prácticos ha sido el auto de fecha 21 de febrero de 2006 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Almería ordenando la suspensión cautelar de las obras", lamentan desde Greenpeace, donde han enumerado las 13 sentencias emitidas por el Tribunal Supremo "que no han tenido efecto práctico alguno debido fundamentalmente a la actitud municipal y a la desidia del ente autonómico".

La sentencia cuya ejecución forzosa interesa Greenpeace indicaba que había "indicios suficientes" de que la licencia de obras concedida por el Ayuntamiento de Carboneras (Almería) en 2003 para la construcción del hotel de Azata en el paraje de El Algarrobico supone una "infracción grave o muy grave" a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), por lo que procedía imponer al consistorio la obligación de tramitar su revisión de oficio.

Sentenciaba, asimismo, que las resoluciones del Tribunal Supremo (TS) que declararon hace más de 13 años que la edificación invadía la zona de servidumbre del dominio público marítimo-terrestre "suponen la nulidad" del Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) de Carboneras en lo que se refiere a la clasificación de urbanizable del suelo sobre el que se levanta el hotel y que, por tanto, "dejan sin apoyo normativo a la licencia de obras, cuya naturaleza jurídica es de un acto declarativo de derechos cuya concesión esta regulada por un previo planeamiento".