La gestión económica en la Policía Municipal de Madrid está siendo investigada por fuentes municipales tras haber detectado supuestas irregularidades que podrían incurrir en fraude y en delito de “falsedad documental”. Se trata de dos resoluciones de convocatoria de puestos provistos por el procedimiento de libre designación con los que se ha adjudicado a seis y dos personas, respectivamente, cargos que no corresponden con lo que se está abonando de forma indebida y no se respeta el acuerdo laboral vigente. El total de dinero abonado anualmente en este sentido ascendería a los 35.000 euros y podría suponer delitos de falsedad documental.

Fuentes del consistorio denuncian la actuación del Ayuntamiento de Madrid respecto a los supuestos abonos indebidos que vienen produciéndose en las nóminas en la Dirección de Policía Municipal y Policía Municipal a los seleccionados dentro de los procesos de libre designación, LD-PM 3/2020 y LD-PM 5/2020, publicados en el BOAM número 8680 de 9 de julio de 2020 y 8760 de 30 de octubre de 2020.

Con el primero se resolvió la convocatoria de puestos de trabajo para ser provisto por procedimiento de libre designación y en él se adjudicó a seis componentes del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid con la categoría profesional de comisario los puestos de Comisaría Principal. En este sentido, según las mismas fuentes, la categoría profesional que ostentan y poseen los adjudicatarios de esta convocatoria es la de Comisario, pues en Policía Municipal la categoría profesional se adquiere por oposición, y no existe ningún agente con la categoría de comisario principal dentro de la Policía Municipal que haya podido optar a ellos.

Estos seis adjudicatarios están siendo retribuidos en su salario bruto anual por conceptos que no corresponden al puesto, sino a la categoría profesional de comisario principal, conforme al Acuerdo Regulador del Régimen Especial del Cuerpo de Policía Municipal. Así, están cobrando conceptos como si poseyeran una categoría profesional a la que no han accedido por oposición y no poseen, tales como: productividad por asistencia, productividad por objetivos, complemento de productivas por la realización de jornadas tipo I y complemento de productividad por disponibilidad y desempeño para la escala técnica. Estos complementos que se les están abonando a estos seis agentes no corresponden a su puesto, sino a la categoría.

Asimismo, en la segunda resolución mencionada se resolvió la convocatoria de puestos de trabajo para ser provistos por el procedimiento de libre designación diez componentes del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, de los cuales al menos seis ya eran jefe de Comisaría, otros dos eran Jefe de Unidad y de otros dos se desconoce su puesto de cese o de procedencia. Destacan dos de estos casos, designados como Jefe de Comisaría y que están siendo retribuidos en su salario en diversos conceptos que corresponden a una categoría profesional que no poseen, dado que los mismos son Intendentes, categoría inmediatamente inferior a la de comisario, a la que corresponden estos complementos.

Tras detectar esta serie de cuestiones y realizar las consultas pertinentes, las mismas fuentes consistoriales aprecian que implican una mala administración, intencionada en el ejercicio de poderes públicos, además de un claro beneficio muy particular de personas físicas concretas. Asimismo, señalan que no es casual que estos abonos indebidos y excesivos, que no corresponden a la categoría profesional que se posee, sus beneficiados sean los agentes con categorías más altas del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid.

Finalmente, para rematar sus investigaciones, señalan que en la firma de estos componentes figura su categoría profesional, que es la de comisario y no la de comisario principal, porque de lo contrario sería un ilícito penal. Y que en la denominación en la convocatoria publicada en el BOAM se indican que son plazas de Jefe de Comisaría Principal y no de comisario principal, y de Jefe de Comisaria y no plazas de comisario, respectivamente.

El Ayuntamiento se defiende y no ve irregularidades

Desde la Dirección General de la Policía Municipal de Madrid explican a ElPlural.com que “no existe ninguna irregularidad en que diversos componentes del Cuerpo ejerzan como comisarios principales o comisarios, y cobren por lo tanto por el desarrollo de ese puesto, tras haber sido designados y habilitados para tales puestos por necesidades del servicio”.

También aseguran que la ley ampara que, si ejerces unas funciones correspondientes a una categoría, cobres en función de esa categoría ejercida, y así lo avalan la Ley de Función Pública y el Reglamento de la Policía Municipal de Madrid. “En este sentido, subrayar que así lo hace la actual corporación municipal, pero también la anterior, y de hecho se mantienen prácticamente ejerciendo como comisarios principales o comisarios en este mandato que dirige José Luis Martínez-Almeida los mismos que ya lo hicieron en el anterior mandato que dirigía Manuela Carmena”.

Además, indican que “esta corporación municipal se está preocupando en nutrir todas las escalas y categorías del Cuerpo, con una mayor oferta de empleo público que se está llevando a cabo desde que entró este equipo de gobierno. Hoy por hoy, en este sentido, seguimos tanto convocando promociones para el acceso como para el ascenso, anteriormente descuidados, con el objetivo de paliar el déficit existente con la incorporación de 1.000 nuevos efectivos a la Policía Municipal a lo largo del presente mandato”.

Sobre las firmas, aseguran que “sí pueden firmar como comisarios principales y comisarios mientras ejercen esa labor, porque para eso han sido designados, nombrados y habilitados para ello (aunque no tengan la plaza adquirida en propiedad). Mientras están nombrados para ello, en definitiva, lo son a pleno derecho”. En este sentido, las fuentes que investigan la cuestión señalan que ninguno puede firmar porque ninguno tiene ese nombramiento, porque les hicieron una libre designación pero siguen siendo comisarios y no comisarios principales.