La nueva Ley del Medicamento que afecta a los animales domésticos continúa alimentando el descontento del sector veterinario. La Organización Colegial Veterinaria (OCV) ha remitido al Ministerio de Sanidad un informe preliminar en el que advierten de que esta normativa es “de las más restrictivas” de la Unión Europea (UE). Un motivo que lleva generando un mes de movilizaciones y recogida de firmas por la que reclaman que se derogue.
"La autonomía clínica del veterinario español está, en términos generales, más limitada en comparación con la de los veterinarios de otros países europeos", concluye la investigación, la cual, según OCV, fue solicitada por representantes del Ministerio y Sumar. En concreto, el estudio ha evaluado cuatro epígrafes en 14 países de la zona euro: el uso de medicamentos al margen de la autorización de comercialización; la categorización y uso de antibióticos; la venta o suministro de medicamentos veterinarios; y las bases de datos sobre el uso de antimicrobianos.
Con este contexto, el informe alude a que el uso de medicamentos al margen de la autorización de comercialización en España está estrictamente restringido y deben emplearse únicamente conforme a las indicaciones, especies y regímenes de dosificación establecidos en la ficha técnica, "sin posibilidad de desviación" (excepto por la aplicación de la cascada por vacío terapéutico, y solo si no existen fármacos autorizados para una especie e indicación concreta).
No obstante, indica que las autoridades competentes en algunos países europeos han incorporado a sus normativas nacionales "ciertas notas aclaratorias" que amplían la libertad del veterinario para realizar prescripciones fundamentadas en su criterio profesional y conocimiento científico.
Denuncian que se ha optado por “la opción más restrictiva”
En lo que concierne al plano español, los veterinarios señalan que la normativa del Ministerio de Mónica García establece restricciones en la prescripción de ciertos antimicrobianos, clasifica los antibióticos en las categorías A, B, C y D y fija que los de categoría superior sólo podrán utilizarse cuando los de categoría inferior resulten ineficaces, algo que debe ser demostrado mediante resultados de laboratorio.
"Por ende, ha apostado por la opción más restrictiva, obligando al seguimiento de la categorización de antibióticos de la Agencia Europea del Medicamento (EMA, por sus siglas en inglés) y requiriendo justificación de salto de categoría y, de facto, cultivos preceptivos en ciertos casos", critican.
Frente a ello, once de los países analizados por la OCV recomiendan los consejos de la EMA (Alemania, Austria, Bélgica, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, Grecia, Irlanda, Luxemburgo, Países Bajos y Rumanía) y sólo tres (Francia, Italia y Suecia) los implementa de forma obligatoria "aunque con ciertas peculiaridades que permiten un trabajo más flexible".
El estudio indica a su vez que los profesionales no pueden vender medicamentos y que sólo se contempla la "cesión" en situaciones excepcionales, como la posibilidad de que la continuidad del tratamiento iniciado se vea comprometida, como puede ser el caso de una rotura de 'stock' o durante un festivo, cuando no se pudiera localizar ningún establecimiento dispensador disponible.
A la contra, recalcan que en Europa "impera el modelo" en el que los veterinarios pueden prescribir y suministrar medicamentos a sus pacientes frente a otro en el que el veterinario solo prescribe y la dispensación recae en los farmacéuticos.
La investigación también ahonda en que el sistema PRESVET de recogida de datos de medicamentos veterinarios "no utiliza las unidades de medida estandarizadas por la EMA, ni contempla en el Reglamento europeo sobre medicamentos veterinarios, registra todas las prescripciones veterinarias de antibióticos, tanto para animales de producción como de compañía, incluidas aquellas administradas en clínicas veterinarias y las dispensadas por farmacias".
Así las cosas, expone que la exigencia de notificación de ventas y uso de antimicrobianos en animales de compañía en Europa no se implementará hasta 2030 y que PRESVET ni recoge estos datos ni es el sistema oficial para comunicarlos. En cuanto al tratamiento de pequeños animales, se ha adelantado en cinco años a la fecha de comunicación establecida por la UE. De los 14 países de los que la OCV obtuvo información, sólo Italia y Alemania están presentando esos datos de prescripción.
Recogida de firmas y movilizaciones
Desde que la normativa obtuvo luz verde, los veterinarios se han mostrado contrarios a su fondo y forma por su puesta en la práctica. Fue a principios del pasado mes de marzo cuando estos sanitarios salieron a la calle en seña de manifestación al entender que la normativa atenta contra su “criterio profesional”. Asimismo, estas asociaciones empezaron a recoger firmas de manera online para reclamar la derogación de la normativa, aupadas a su vez por hasta 22 peticiones ciudadanas.
Los principales puntos que suscitaron este descontento se concentran en el registro obligatorio de prescripciones -medida activa desde el 5 de enero de 2025-, es decir, que los veterinarios están obligados a registrar y notificar todos los tratamientos de antibióticos de los animales en la plataforma PRESVET, teniendo como motivación controlar su uso para combatir la resistencia bacteriana.
Asimismo, se impide la venta directa de los medicamentos en las clínicas veterinarias, lo que declina en posibles retrasos en tratamientos necesarios y urgentes. Una prohibición que también se ha dado en el uso de antibióticos, ya que los sanitarios tienen la obligación de utilizar inicialmente antibióticos de espectro reducido. Estas medidas, en situaciones en las que los veterinarios deban actuar de urgencia, ponen en riesgo la vida de los animales.