Pese a que el Ministerio de Consumo y el Parlamento Europeo han tildado de “ilegal” que las aerolíneas cobren a los pasajeros por el equipaje de mano, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha validado los recursos de Ryanair y Norwegian acordando así la suspensión de manera cautelar de las sanciones interpuestas por el Gobierno central.

Pese a este fallo, el tribunal les ha impuesto a las aerolíneas mencionadas avales bancarios que ascienden a los 110 millones de euros. De esta manera, la sección sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del órgano judicial ha accedido a las medidas cautelares solicitadas por ambas compañías de vuelos, que han impugnado las sanciones del 21 de noviembre de 2024 que ascendían a 107.775.777 euros en el caso de Ryanair y de 1.610.000 en el de Norwegian.

Las sanciones impuestas a las aerolíneas se deben a prácticas como, además de cobrar por el equipaje de mano, cobrar por reservar asientos contiguos para acompañar a personas dependientes o a menores y por no permitir el pago de estos sobrecostes en metálico. También se suma la exigencia de un pago por la impresión de la tarjeta de embarque en el aeropuerto, por omisiones de información y por la falta de claridad en los precios publicados en su web y en la de terceros.

A pesar de este marco, los magistrados de la Sala del TSJM han condicionado esta suspensión de las multas a la aportación de un aval bancario de 110 millones de euros para Ryanair y de 1,8 millones para Norwegian, cantidades que recogen el importe de la sanción y los intereses.

El tribunal acuerda la suspensión cautelar de la sanción de Consumo, ante la "imposibilidad -en este momento procesal- de prejuzgar el fondo del asunto" y porque resulta "evidente que la suma exigida es, ciertamente, muy levada, y su pago anticipado provocaría un desfase y dificultades a la tesorería de la parte recurrente".

La sanción total de Consumo asciende a 179 millones y también se dirige a Volotea, Vueling y EasyJet. Todas las compañías han recurrido la sanción ante la Comisión Europea y está pendiente de que el organismo tome una decisión al respecto.

Bustinduy reitera la “ilegalidad” de esta práctica

Tras conocer el fallo del TSJM, el titular del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ha reiterado que el cobro a los pasajeros por el equipaje de mano o cabina “es ilegal”, pero entiende que la suspensión cautelar es “algo normal y previsible en un Estado de Derecho”.

El TSJM ha aceptado las cautelares solicitadas por las aerolíneas tras la sanción de Consumo. Continuarán con sus prácticas hasta que la justicia resuelva. Es algo normal y previsible en un Estado de derecho. Cobrar por el equipaje de mano es ilegal, como ha ratificado el Parlamento Europeo.

— Pablo Bustinduy (@pbustinduy.bsky.social) 26 de junio de 2025, 14:25

Así lo ha precisado el ministro a través de un mensaje publicado en la red social Bluesky y bajo el contexto de que el pasado martes la Comisión de Transportes y Turismo del Parlamento Europeo reclamó el derecho de los pasajeros a llevar equipaje de manera gratuita, brindando así la razón a la postura esgrimida por España.

No obstante, aunque no se trata aún del mandato negociador que determinará la posición de la Eurocámara en las negociaciones con el Consejo (gobiernos) sobre las nuevas reglas para los pasajeros aéreos, sino un mandato que podría incorporarse una vez que se defina la posición de la Eurocámara, no antes de otoño.

La Comisión Europea presentó su primera propuesta de reforma en 2013 y la Eurocámara fijó su posición al respecto un año después, pero las diferencias entre los Veintisiete han mantenido el proceso en punto muerto durante una década. Tras una propuesta revisada de Bruselas en 2023 y el mandato consensuado por los líderes europeos este mismo mes, los eurodiputados abordan ahora la revisión de las posiciones antes de abordar la negociación final de la reforma.

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