Los tribunales han acordado al menos 1.127 reducciones de pena en aplicación de la Ley del solo sí es sí, según los datos recabados hasta el día 1 de junio por el Consejo General del Poder Judicial del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los Tribunales Superiores de Justicia y las Audiencias Provinciales. Estas resoluciones han supuesto al menos 115 excarcelaciones tal y como ha informado el propio CGPJ tras la aprobación de la ley auspiciada por la ministra de Igualdad Irene Montero.

En cuanto a las cifras de reducciones de condena, 25 proceden del Tribunal Supremo, 1 de la Audiencia Nacional, 133 de los Tribunales Superiores de Justicia y 968 de las diferente Audiencia Provinciales. Las excarcelaciones por su parte han sido autorizadas por los TSJ con 10 y por las Audiencia Provinciales con 105.

La información aportada por el CGPJ explica que el porcentaje de reducciones es del 39 por ciento en el Supremo, del 14,3 en la Audiencia Nacional, del 33,3 por ciento en los Tribunales Superiores de Justicia y del 30,8% en las Audiencias provinciales, lo que deja una media estatal del 31,4%. Por provincias, los tres TSJ que más reducciones han firmado son Andalucía con 12, Islas Baleares con 16 y Madrid con 44. En cuanto a las Audiencias Provinciales, están Madrid con 126, Barcelona con 60 y Alicante y Valencia con 55 reducciones cada una de sus audiencias.

En lo referente a las excarcelaciones, el TSJ de Navarra ha sido el que más ha firmado con 5. La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado 16 salidas de prisión, Cádiz 8 y, después son varias las que han firmado entre cinco y seis como, por ejemplo, Bizkaia, Islas Baleares o Sevilla con 6, y Murcia, Castellón y Valencia con 5 excarcelaciones.
Las absoluciones comunicadas son consecuencia en todos los casos de la destipificación del delito de abuso sexual cometido mediante engaño con menores de entre 16 y 18, castigado en el artículo 182.2 del Código Penal anterior a la reforma operada por la LO 10/2022.

Esta actualización se ha hecho pública tan solo dos días después de que el pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo alcanzara un acuerdo en el que rechazaban aplicar las circular de la Fiscalía apoyada por el Mininsterio de Igualdad de Irene Montero, que impedía las rebajas al aplicar la disposición transitoria del Código Penal del 1995, y apoya las rebajas de condenas a agresores sexuales aplicadas hasta ahora por las diferentes audiencias provinciales.

El pleno

El pleno de la Sala de lo Penal acordaba rechazar los recursos planteados por el fiscal, que postulaban el incremento de las penas, con la excepción de las penas accesorias de los derechos a la patria potestad, tutela y curatela. Es decir, ha habido varios recursos en los que, al aplicarse la rebaja de la pena, los condenados han perdido la patria potestad de sus hijos, tal y como especificaba la ley del sí es sí, por lo que han de decidir si, o bien quieren la rebaja y perder la custodia o, por otro lado, se quedan con la pena más alta y conservan la patria potestad.

No obstante, en uno de los recursos formulados por el fiscal, un error al contabilizar la pena de la Audiencia ha dado lugar a la corrección de la pena, al alza, por unanimidad.  Se desestiman también las peticiones de los condenados en los recursos que presentaron.

De los 29 recursos que fueron analizados, 27 han sido resueltos por unanimidad del pleno. Uno lo ha sido por mayoría pero sin anuncio de voto particular, y el otro, del que era ponente el magistrado Andrés Palomo, ha provocado el cambio de ponencia, que será asumida por el magistrado Leopoldo Puente, y que es el único asunto que contará con votos particulares.

En esta sentencia, el criterio mayoritario de rechazo del recurso del fiscal ha sido asumido por el presidente de la Sala, Manuel Marchena, y por los magistrados Julián Sánchez Melgar, Juan Ramón Berdugo, Pablo Llarena, Vicente Magro, Carmen Lamela, Eduardo de Porres, Ángel Luis Hurtado, Leopoldo Puente y Javier Hernández.  El voto particular lo suscribirán los magistrados Andrés Palomo, Ana Ferrer, Susana Polo, Andrés Martínez Arrieta y Antonio del Moral.