Teresa Peramato, la nueva fiscal general del Estado, anunció este lunes por la noche en La noche en 24 horas de TVE que la Fiscalía presentará un recurso en el Tribunal Constitucional contra la sentencia que condenó a su predecesor, Álvaro García Ortiz. Es movimiento se produce después de que el Tribunal Supremo rechazara anular la sentencia.
Además de la propia Fiscalía, la defensa del exfiscal general, ejercida por la Abogacía del Estado, también tiene intención de presentar un recurso de amparo ante el Tribunal de Garantía. Respecto de Peramato, la nueva FGE explicó en el programa de televisión que, “recientemente, me planteó la teniente fiscal del Tribunal Supremo (María Ángeles Sánchez Conde) su intención de interponer un recurso de amparo y, por lo tanto, lo que he hecho es dictar un decreto designando a la teniente fiscal del Supremo para la interposición de ese recurso”.
La condena
La Fiscalía ha decidido recurrir tras la condena, el pasado mes de noviembre, del fiscal general del Estado, Alvaro García Ortiz, a dos años de inhabilitación para el cargo y a una multa de 7.200 euros (20 euros diarios durante 12 meses) por el delito de revelación de secretos. La sentencia, todavía pendiente de redacción, surtirá efectos a partir de su notificación en legal forma.
Tan solo 19 días después de que el Tribunal Supremo anunciara la condena al fiscal general del Estado, 26 desde que acabó el juicio hasta que llegó la sentencia con la motivación de los magistrados. 19 días sin saber porqué se le había condenado por un delito de revelación de secretos recogido en el artículo 417.7 del Código Penal. Pues bien, la sentencia considera culpable a García Ortiz por la nota de prensa. La misma nota que la Sala no consideró delictiva cuando se abrió el proceso penal en el Supremo.
Consideraron probado los magistrados que "fue el entonces fiscal general, o una persona de su entorno y con su conocimiento, quien filtró el correo". Respecto a la nota informativa, que recogía la propuesta de conformidad del novio de Isabel Díaz Ayuso, Alberto González Amador con reconocimiento de dos delitos, subrayaban que el propio acusado admitió su intervención en la misma". El tribunal recuerda que el fiscal general del Estado "no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito, y destaca que sobre él pesaba un reforzado deber de reserva que quebrantó sin justificación".
Pese a la declaración del periodista de la Cadena Ser que afirmó en sede judicial que la fuente que le filtró el correo del novio de la presidenta no había sido ni el fiscal general, ni nadie de su entorno, dicen los magistrados que existe un “cuadro probatorio sólido, coherente y concluyente” que lleva necesariamente a afirmar que, como hecho probado, fue el acusado, o una persona de su entorno inmediato y con su conocimiento, quien lo entregó para su publicación en la cadena Ser. Y en cuanto a la autoría de la nota informativa, el propio García Ortiz ha reconocido su intervención, lo que ha sido refrendado por la directora de Comunicación de la Fiscalía, indica la sentencia.
Según la sentencia, la divulgación se materializó tanto por la filtración del correo, como por la publicación de la nota informativa, que constituyen, a juicio de la Sala, una unidad de acción. “La nota consolida la filtración iniciada por el correo, en realidad la “oficializa”.