El Tribunal Supremo a condenado al exministro de Transportes, José Luis Ábalos, a 24 años de prisión por el caso mascarillas en el que estaba acusado de amañar un contrato de mascarillas durante la pandemia para cobrar una mordida. También ha condenado a su exasesor, Koldo García, a 19 y medios, y al conseguidor de la trama, Víctor de Aldama, a cuatro años y medios de cárcel. La sentencia llega 76 días después del final del juicio. Las penas, finalmente, son las que solicitaba el fiscal jefe Anticorrupción, Alejandro Luzón.

A Aldama le suspenden la ejecución de la pena por su aportación al descubrimiento de los delitos y a condición de no delinquir, presentar un informe semestral de actividades y hacer 1 año de trabajos en beneficio de la comunidad. La sentencia, adoptada por unanimidad, concluye que los tres acusados formaron una organización criminal con reparto de funciones que cometió graves delitos de corrupción.

Considera la Sala probados los delitos en la adjudicación del suministro de trece millones de mascarillas a Puertos del Estado y Adif a una empresa vinculada a Aldama, la remuneración mensual de 10.000 euros para 'gastos fijos' de Ábalos, la contratación de dos conocidas del exministro en empresas públicas, el pago del piso a una de ellas, el contrato de arrendamiento con opción a compra entre Aldama y Ábalos de un piso en Madrid, y el arrendamiento de viviendas en Marbella y La Línea de la Concepción también con opción de compra por gestiones relacionadas con la emisión de una nota de prensa sobre rescate de Air Europa y para la concesión de una licencia de hidrocarburos.

Destaca el fallo el grave deterioro de la confianza ciudadana en el sistema político que provoca la corrupción, que socava la arquitectura democrática del Estado. 

De las mascarillas afirman que, en el contexto de la pandemia de la Covid-19, los tres acusados, de mutuo acuerdo, ante la necesidad de compra de material sanitario, en coordinada actuación, utilizaron su ascendencia para que la empresa Soluciones de Gestión, mercantil vinculada a Víctor de Aldama, resultara adjudicataria de dos contratos de suministro de mascarillas licitados por dos entes dependientes del propio Ministerio: Puertos del Estado y ADIF, de manera que Víctor de Aldama se lucraba, a través de las comisiones concertadas con Soluciones de Gestión, y con cargo a las mismas. De ese importe, pactaron que una parte la entregaría Víctor de Aldama a los otros dos acusados.

Hechos probados

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso ElPlural.com, los magistrados consideran probado que, "en el desarrollo de estas relaciones personales, los acusados vieron la oportunidad de obtener un común beneficio económico. Con tal ánimo de enriquecimiento, los tres convinieron que, aprovechando el cargo que ostentaba José Luis Ábalos en el Gobierno de España y también en el Partido Socialista, este podría favorecer, a cambio del correspondiente beneficio económico del que todos participarían, la contratación con la Administración Pública en cuantas ocasiones hubiera oportunidad, de empresas cuyos intereses captaría y promovería Víctor de Aldama, así como facilitar a este el acceso preferente a la Administración para la realización de las gestiones que precisara para sí mismo o para las referidas empresas".

Con este fin, los tres acusados, "eventualmente con intervención de terceros aquí no enjuiciados, constituyeron una organización, en la que cada uno de ellos asumió un papel diverso y complementario, con un preciso reparto de funciones. Así, José Luis Ábalos, a quien tanto Koldo García como Víctor de Aldama consideraban el jefe, aportaba la autoridad que le confería su máxima responsabilidad en el MITMA y como secretario de organización del partido que sustentaba al Gobierno su directa influencia cuando era precisa, aprovechándose, en lo demás, de su hombre de confianza, Koldo García, que siempre actuaba en su nombre".

"Víctor de Aldama era la persona que, en beneficio propio y de terceros, aprovechando su influencia sobre el también acusado Koldo García y sobre el mismo José Luis Ábalos, garantizada mediante el pago continuado de otras cantidades de dinero, conseguía, para sí o para terceros, y con beneficio económico, la adjudicación de contratos, alguno de los cuales integran el objeto de la presente causa", prosiguen diciendo.

La organización

En la organización así conformada, según los jueces, Víctor de Aldama era el encargado de localizar empresas o particulares interesados en cualquier clase de gestión con la Administración para, "articulando sus intereses, hacerlos valer con preferencia y de manera arbitraria ante aquella, siempre a cambio de la correspondiente prestación económica, de la que igualmente hacía partícipes a José Luis Ábalos y a Koldo García".

"Los integrantes de la organización descrita acordaron la futura comisión de delitos estableciendo una  organización que tenía, desde su origen una vocación de permanencia en el tiempo. Su cohesión no solo se manifestó en la comisión de diferentes delitos, sino también en la facilitación a este empresario de una interlocución privilegiada en sus relaciones con el MITMA, con otros departamentos ministeriales y con diferentes Administraciones Públicas, realizando a tal fin cuantas gestiones fueron precisas", apostillan.

Valoración de la prueba

El Tribunal considera que los acusados integraban una organización criminal, siendo los tres constituyentes de esta. Del relato fáctico se colige que se trata de, al menos tres personas, que "tienen un claro plan criminal previamente concertado, con distribución de funciones o cometidos y con  actividad persistente en el tiempo".

El plan criminal tuvo lugar, según la sentencia, tras el inicio de las relaciones personales y, en especial, de los viajes que llevaron a cabo los tres acusados. La unión, entre ellos, "con un plan delictivo permanente se desprende, en primer término, del testimonio del coacusado Víctor de Aldama, que cuenta con corroboraciones periféricas y no resulta ser exculpatoria", afirma el fallo.

Pagos de cantidades de dinero

Respecto de los pagos realizados, dicen los jueces que los tres acusados, "con la finalidad de cohesionar el grupo formado, convinieron una remuneración mensual, para atender los gastos fijos de José Luis Ábalos, al que se sumarían otras cantidades. Se fijó que la entrega sería de abono mensual y por importe de 10.000 euros, que el acusado Víctor de Aldama se comprometió a entregar a los otros dos acusados integrantes del grupo. Esta cantidad se entregó, mensualmente, desde octubre de 2019 hasta el mes de junio de 2022. Con ello, además de alcanzar la finalidad pretendida, se satisfacían lo que consideraban «gastos fijos» de José Luis Ábalos".

Prosiguen diciendo que, junto a esta cantidad, también se abonaban, otros gastos, también fijos, como el importe del alquiler de la vivienda ocupada por Jessica Rodríguez, por entonces pareja de José Luis Ábalos, en el edificio Torre de Madrid. Dicha renta, por importe de 2.700 euros mensuales, se abonó desde el mes de marzo de 2019 hasta septiembre de 2021, junto a las subidas anuales, alcanzando un total de 82.298 euros.

Con el propósito de garantizar a José Luis Ábalos la percepción de las comisiones ilícitas, que habrían de satisfacer diferentes empresas, por la adjudicación de obra pública licitada en el MITMA, en favor de los intereses personales de Víctor de Aldama y de las empresas que este promovía, el día 24 de abril de 2019, ambos celebraron un contrato de arrendamiento con opción de compra, de un piso propiedad de Víctor de Aldama en favor de José Luis Ábalos, fijándose una renta anual de 30.000 euros y como precio de adquisición 750.000 euros, para el caso de ejercitarse la opción de compra.

José Luis Ábalos no ocupó el inmueble ni, en consecuencia, satisfizo renta alguna, pues nunca fue esa la pretensión de los contratantes. En cuanto al precio de compra convenido era este muy inferior al real del mercado. La pericial efectuada al efecto cifró el precio del inmueble, al tiempo de la realización del contrato en 1.442.914,68 euros.

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