La Audiencia Provincial de Madrid se reúne este lunes para la deliberación y fallo de los recursos presentados por la defensa de Begoña Gómez y por la Fiscalía. La defensa de la mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, solicita el archivo mientras que, el Ministerio Público, la delimitación/acotación de la investigación. Una ‘reunión’ que se ha tenido que retrasar porque el juzgado que investiga la causa, con el polémico juez Juan Carlos Peinado al frente, justo se olvidó de enviar el ‘papel’ más importante del sumario, también llamado recurso de la defensa, a la Audiencia Provincial.

Así, justo hace siete días, desde la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid, se enviaba una providencia al juzgado de Peinado en la que se decía: “Dada cuenta; tras el examen del testimonio remitido a petición de la Sala el pasado 9 de septiembre, recibido el día 13 de los corientes, se comprueba la existencia de un recurso de apelación directo contra el auto de 1 de julio de 2024 por la Defensa de la investigada, recurso al que no se hacía referencia en el oficio remisorio ni en el escueto testimonio acompañado. Por lo que, al tener relevancia para la deliberación  señalada en el día de hoy, el estado de tramitación del citado recurso, deberá aclararse por la letrada de la admón. de justicia adscrita al Juzgado de Instrucción no41 de Madrid el mismo, con suspensión de la deliberación señalada para el día de hoy”.

Un olvido por parte del juzgado, cuanto menos extraño, pues lo que ha Peinado se le olvidó remitir no era, ni más ni menos, que el recurso de apelación directa que presentó la defensa de Gómez contra el auto del juez en el que decía que pensaba investigar toda la actividad profesional de Begoña Gómez desde que su marido es presidente. Un ejemplo clarísimo de investigación prospectiva a juicio de la defensa.

Pero si eso resultaba llamativo, más aun lo fue para propios y extraños el hecho de que la Audiencia, cuyos magistrados habían solicitado el sumario entero de la causa, no se dieran cuenta de que faltaba el escrito más importante justo hasta la mañana de la deliberación, lo que dejó patente que ninguno de ellos se había mirado el sumario hasta ese momento. Así pues, sin saber si esta vez lo han mirado o no, este lunes se reúnen para decidir cómo proceder con dos recursos que de ser admitidos, aunque sea parcialmente, podrían dar un giro de 180 grados a este caso.

Begoña Gómez

El abogado de Begoña Gómezmujer del presidente del GobiernoPedro Sánchez, solicitaba el 8 de julio a la Audiencia Provincial de Madrid que archive el procedimiento judicial abierto contra ella a raíz de una denuncia del pseudosindicato Manos Limpias. Una denuncia que tan solo contenía titulares de prensa. El motivo por el que solicitaba el archivo es porque lo único por lo que procedía la investigación, tal y como dijo en un auto anterior la propia Audiencia, está siendo investigado por la Fiscalía Europea. Camacho aseguraba en su recurso de apelación que no existe elemento alguno que permita abrir "la investigación universal que se infiere del contenido del auto respecto de mi representada".

El abogado también aseveraba que la investigación es prospectiva: "Desgraciadamente no es del todo inusual que muchos procedimientos comiencen como una auténtica “fishing expedition” contra el investigado, con el pretexto de esclarecer un determinado hecho delictivo pero que, en realidad, lo que buscan es indagar en la vida y obra del sujeto para ver si, en el curso de dicha indagación, otros delitos pueden ser descubiertos, partiendo del convencimiento personal de la fuerza investigadora sobre la criminalidad del sujeto".

El fiscal

Por su parte, el fiscal del caso se unía a la defensa y presentaba otro recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el que solicitaba que el juez del caso, Juan Carlos Peinado, delimite cuál es el objeto de la investigación ante la "deriva procesal" que está tomando el procedimiento y que, a su juicio, "impide una defensa digna" de Gómez.

Tal y como hiciera el letrado de la defensa, Antonio Camacho, el representante del Ministerio Público recuerda que fue la propia Audiencia la que delimitó que se podía investigar y qué no. También añaden que traladan la dificultad de comprender el objeto fáctico de las actuaciones derivadas y de la finalidad de las diligencias acordadas, "que quizás no sean actuaciones objeto de impugnación como tales (alguna ha sido recurrida en reforma y pende de resolución), pero son muestra de la incertidumbre y deriva procesal en la que se desarrolla la presente instrucción".

Le dice el fiscal a la Audiencia: "Nuestra interpretación respecto a lo expuesto será o no acertada, y será o no aceptada, pero no es, ni pretende ser, ni puede tacharse de desleal en modo alguno. Hay expresiones contenidas en el auto de 1 de julio, ante la solicitud de centrar el objeto de la investigación penal, del siguiente tenor: (...) son todos los actos, conductas y comportamientos, que se han llevado a cabo, por la investigada, desde que su esposo es el Presidente del Gobierno de España".

"Estas expresiones son manifestaciones que pueden parecer una causa general, o cuando menos excesivamente amplias, habida cuenta las circunstancias expuestas" según el fiscal.