El auto de apertura de juicio oral contra Begoña Gómez no está exento de la firma del juez Juan Carlos Peinado. En el escrito de 84 páginas, al que ha tenido acceso ElPlural.com, en el que el instructor decreta la retirada de pasaporte para la esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez – una medida inaudita en la historia de la democracia -, el instructor señala a los agentes de Seguridad del Estado que la custodian como posibles facilitadores de su fuga “bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos”.
El instructor se aferra al clavo ardiendo de esta teoría para justificar su decisión de retirar el pasaporte a Gómez por un supuesto riesgo de fuga. Un dictamen que en Moncloa consideran inaudito, recuperando las explicaciones del juez José Luis Calama en el caso del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero para explicar su rechazo a idéntica petición en su causa judicial. En el caso de la esposa del jefe del Ejecutivo, Peinado señala a los agentes que custodian a Begoña Gómez como engranaje principal para un presumible plan de fuga. Además, en el escrito añade que dicha protección policial es “efímera y por tanto transitoria”, dado que desaparecerá en cuanto Pedro Sánchez deje la Presidencia del Gobierno. “Lo que facilitaría aún más esa hipotética fuga”, esgrime.
Lo mismo ocurre con la asistente de Gómez. “Por lo que se refiere a la acusada María Cristina Álvarez Rodríguez, que ha venido actuando en calidad de asistente de la anterior acusada, María Begoña Gómez Fernández, y con estrecha vinculación personal y acompañando a la misma, así como coordinando todas sus actividades, dispone de una situación similar a ella, a los efectos de disponer igualmente de los mismos medios para fugarse y eludir la acción de la Justicia, procediendo, en consecuencia, adoptar las medidas cautelares de naturaleza personal interesadas, respecto de ambas acusadas”, redunda el instructor en su escrito.
Una medida inaudita
De esta manera, el instructor da por satisfecha la petición de la acusación popular, dirigida por el colectivo ultracatólico Hazte Oír, sin atender a los informes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, que no avalan los indicios de delito. Tampoco ha esperado a los recursos ni de la Fiscalía ni de las defensas ante la Audiencia Provincial de Madrid, quienes reclaman el archivo de la causa contra la esposa del presidente del Gobierno; mientras Peinado insiste en su propuesta de sentar a los acusados – Begoña Gómez, Cristina Álvarez y Juan Carlos Barrabés – ante un jurado popular.
Peinado atribuye cuatro delitos a la esposa de Pedro Sánchez: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación y apropiación indebida. La instrucción, que se ha prolongado durante dos años, se sustenta sobre dos tesis principales. Por un lado, Gómez se habría beneficiado de su relación con el jefe del Ejecutivo para impulsar su carrera profesional. Por otro, se apoyó en su asesora para que le ayudara en trabajos privados. El togado, pese a las críticas constantes y las desautorizaciones previas de la judicatura, estima que sendos puntos supusieron el origen de una trama corrupta. "Por mucho que se busque no podrá hallarse un supuesto de similares características, pues las conductas que provienen de palacios presidenciales, como este supuesto, parecen más propias de regímenes absolutistas, por suerte, ya olvidados en el tiempo en nuestro Estado", firmaba el juez en la resolución dictada el pasado abril, cuando propuso sentar a Gómez en el banquillo.
Hazte Oír presume de influencia
No era la primera vez que la acusación popular, encabezada por Hazte Oír, reclamaba la retirada del pasaporte a la mujer del jefe del Ejecutivo. En noviembre del 2024, ya lo intentaron con motivo del viaje previsto junto a su marido a la cumbre mundial del G-20 de Brasil. El juez Peinado consideró entonces tal medida “innecesaria y desproporcionada” y rechazó restringir los movimientos a la acusada, argumentando que la instrucción se hallaba en una “fase inicial”. Sin embargo, este lunes volvió a la carga y, en esta ocasión, el magistrado ha accedido.
Tal es así que fuentes del colectivo ultracatólico han celebrado la decisión del juez Peinado. “Hoy es un gran día para la libertad”, se vanaglorian desde la acusación popular, mientras subrayan que “a pesar de las cloacas y de ataques, de señalamientos desde el Congreso o redes sociales” se han impuesto las medidas cautelares, resaltando así su influencia sobre el magistrado instructor.
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