El caso judicial que investiga a Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha tomado un paso definitivo este viernes después de que la jueza haya ordenado fijar el señalamiento de la vista oral para el juicio. No obstante, el Tribunal de Instancia de Madrid número 19 ha admitido posteriormente que esta tarea se llevará a cabo teniendo en cuenta la “sobrecarga” de trabajo que acumula.

Sobre esta causa de presuntos delitos de fraude fiscal y falsedad documental contra el novio de la lideresa del Partido Popular madrileño, el tribunal de la jueza de la Sala de lo Penal en cuestión ha informado de que, cuando se fije la fecha de juicio oral, se considere “la sobrecarga y circunstancias que pesan sobre este juzgado y cuando razones de agenda lo permitan”. Cabe remarcar que el investigado tiene otra causa abierta sobre corrupción en los negocios y administración desleal en el juzgado de instrucción 19 de Plaza de Castilla.

En el auto de la magistrada, se declara como pertinentes las pruebas solicitadas para proceder a la apertura del juicio oral que tiene previsto celebrarse en los juzgados de lo Penal de la capital, aunque ha rechazado algunas propuestas “innecesarias, inconcretas” o de “inutilidad manifiesta”. Al tiempo, ha denegado dos testificales presentadas por la defensa del principal investigado, también las de César Alonso Mollar y Juan Carlos Andreu, al entender que no resultan necesarias para el enjuiciamiento de los hechos. De la misma manera, ha rechazado pruebas solicitadas por el Ministerio Público, la Abogacía del Estado y la acusación popular protagonizada por PSOE, Más Madrid y demás procesados.

Este vienes, bajo esta premisa, la magistrada instructora ha acordado remitir las actuaciones al letrado de la Administración de la Justicia responsable de la agenda programada para proceder al señalamiento de las sesiones del juicio oral las citaciones pertinentes.

La jueza también ha hecho hincapié en que las partes podrían alcanzar una sentencia de conformidad según rige el artículo 787.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por la que se deberá, en este caso, activar el protocolo previsto para ello con el fin de evitar desplazamientos innecesarios de testigos y peritos. Contra el auto no cabe recurso, sin perjuicio de que las partes puedan volver a solicitar las pruebas rechazadas al inicio del juicio.

La primera pieza judicial contra el novio de Ayuso

González Amador figura acusado junto a otras cuatro personas en un procedimiento por presuntos delitos de falsificación de documento mercantil y fraude tributario, en una causa en la que también ejercen la acusación la Agencia Tributaria, la Abogacía del Estado y la acusación popular representada por los partidos de la oposición de izquierdas al Gobierno de Ayuso.

El auto de apertura de juicio oral por este caso se dictó el pasado mes de septiembre por parte de la que fuera juez sustituta Carmen Rodríguez Medel, por la causa relativa a un presunto fraude fiscal de más de 350.000 euros en los ejercicios fiscales de 2020 y 2021, así como supuesta pertenencia a grupo criminal.

El fiscal y el abogado del Estado solicitan tres años y nueve meses de cárcel para González Amador por dos delitos fiscales en concurso medial con falsedad documental. Mientras que la acusación que ejerce el PSOE y Más Madrid elevaba la petición de pena a cinco años de prisión al incluir un delito contable y otro de pertenencia a grupo criminal. Cabe recordar que fue el pasado mes de noviembre cuando la jueza decidió enviarlo al banquillo, y tan solo un consenso entre la Fiscalía y Abogacía del Estado, en representación de la Agencia Tributaria, podría dar marcha atrás a este escenario.

En cuanto a González Amador, se sentará en el banquillo de los acusados por un delito contra la Hacienda en relación al impuesto sobre sociedades del ejercicio 2020 en concurso medial con un delito de falsedad en documento mercantil; y otro similar en relación al ejercicio 2021. De igual modo, se le juzgará por un delito continuado contable y otro delito de pertenencia a grupo criminal.

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