El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha acordado mantener la denominación de la calle Caídos de la División Azul, situada en el distrito de Chamartín, en el callejero madrileño en lugar del nombre que le concedió el Ayuntamiento de Madrid en época de Manuela Carmena, Memorial 11 de marzo de 2004, en homenaje a las víctimas de los atentados del 11M.

Así lo señala la sentencia del 6 de mayo a la que ha tenido acceso ElPlural.com y que firman el presidente la Sala de lo Contencioso Admnistrativo sección segunda José Daniel Sanz y los magistrados Juan Francisco López, José Ramón Chulvi, Álvaro Domínguez y María Soledad Gamo. En ella, ratifican la sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo número 8 de Madrid que anuló el cambio del Consistorio de Carmena en virtud de la Ley de Memoria Histórica y, además, imponen al Ayuntamiento de Madrid las costas procesales, que fue quien recurrió, después de dar la razón a una asociación de familiares de los soldados de la División Azul que lucharon junto a los nazis frente a la URSS.

Durante el mandato de Manuela Carmena, el Ayuntamiento de Madrid cambió el nombre de varias calles de la capital que consideraba que vulneraban la Ley de Memoria Histórica de 2007 y que hasta su llegada al Consistorio había sido ignorada. Tras consultar a una Comisión de historiadores, la calle Caídos de la División Azul pasó a llamarse Memorial 11 de marzo de 2004, en recuerdo de las víctimas de los atentados islamistas del 11M. 

Sin embargo, los magistrados del TSJM ratifican la sentencia anterior y no creen que el cambio de calle "contenga suficiente y debida motivación" y que, en definitiva, no cumple con el artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica que apela a la retirada de homenajes, insignias, placas y menciones "de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura" y que establece la excepción "cuando las menciones sean de estricto recuerdo privado".

Según la sentencia del TSJM, "la  División Española de Voluntarios, conocida como División Azul, se formó en junio de 1941, por lo que, obvio es decirlo, no existía ni en el momento de la sublevación miliar de 18 de julio de 1936, ni tampoco en la posterior guerra civil (1936-1939)". Y, añade, aunque naciese durante la dictadura, no se explica en la decisión del cambio de calle "qué concreta actividad represiva, propia de la Dictadura, pudo desplegar". La sentencia incluso señala que su integración en la Wehrmacht nazi "no supone exaltación de la actividad represiva de la Dictadura" y subraya que "fue una unidad de voluntarios que se constituyó para luchar contra el Bolchevismo durante la Segunda Guerra Mundial".

sentencia division azul

La sentencia, a la que ha accedido este periódico, también insiste en que la calle no estaba dedicada a la División Azul, sino a los Caídos de la División Azul, "lo que, en su caso, recuerda o ensalza a las personas que perdieron la vida en el frente soviético", por lo que su supresión no cumple la Ley de Memoria Histórica puesto que "no se consigue fomentar la cohesión y solidaridad entre las diversas generaciones de españoles".

Por último, insiste la sentencia en que la denominación Caídos de la División Azul "no tiene connotación alguna de exaltación de los enfrentados, y sí, por el contrario, de recuerdo a los fallecidos que se integraron en dicha unidad" y por ello recuerda al Ayuntamiento de Madrid que, si quería quitar la calle, podría haberlo hecho mediante las ordenanzas municipales que le dan la potestad de nombrar y rotular calles, pero no usando la Ley 52/2007 conocida como Ley de Memoria Histórica.

Cabe recordar que las placas de la calle nunca fueron cambiadas, pero el nombre oficial sí pasó a ser Memorial 11 de Marzo de 2004, por lo que de hacerse efectiva esta sentencia, la dirección en documentos oficiales, mapas y correspondencia debería volver a ser la de Caídos de la División Azul. Ahora, desde su notificación, cabe recurso de casación en un plazo de 30 días.