El juez Santiago Pedraz rechaza citar como imputado al Partido Socialista, como pidió a principios de semana el Partido Popular, en el caso Leire. El magistrado sigue el criterio de la Fiscalía Anticorrupción, y considera que, por el momento, no hay indicios suficientes para investigar a la formación en su conjunto como partícipe de la trama de las cloacas.
El PP pedía a la Audiencia Nacional investigar a los socialistas, como formación, por los delitos de cohecho, tráfico de influencias, blanqueo de capitales y financiación ilegal de partidos en relación con la malversación de caudales públicos.
Pedraz considera que es necesario "practicar determinadas diligencias, algunas acordadas ya", para dar el paso que pedían los populares, y que por tanto "no ha lugar a atribuir en este momento la condición de persona jurídica investigada" al PSOE, según el auto al que ha tenido acceso El Plural. "Una vez practicadas", añade, "se acordará lo oportuno a tal efecto".
La Fiscalía ya dijo al juez este jueves que, ahora mismo, es "precipitado" imputar al PSOE por los mismos motivos que esgrime este viernes Pedraz. Aún así, el Ministerio Público sí que dijo que hay indicios delictivos de la participación del partido en la presunta trama para desestabilizar causas judiciales, que dirigía -según los investigadores- el ex secretario de Organización, Santos Cerdán; y ejecutaba, previo pago mediante sociedades interpuestas, la llamada 'fontanera' de Ferraz, Leire Díez.
El PP pidió a la Audiencia Nacional la citación como imputado al PSOE en su conjunto el martes, un día después de que Pedro Sánchez convocara las elecciones generales para el 29 de noviembre. Lo hizo en base a lo que declaró la gerente socialista, Ana María Fuentes, en septiembre; y lo contenido en los informes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, que se conocen desde junio.
Las preguntas por responder antes de imputar al PSOE
Pedraz se ampara en la doctrina del Tribunal Supremo sobre la "imputación de responsabilidad penal a la persona jurídica", que puntualiza que "no basta con que directivos o empleados" de la formación "hayan cometido delitos", sino que "debe acreditarse un defecto estructural de organización, control y supervisión dentro de la entidad" y "existir un beneficio directo o indirecto para la organización".
El magistrado considera que, con lo que se conoce ahora, aún está por valorarse "la eventual e indiciaria atribución de responsabilidad criminal al PSOE por los delitos presuntamente cometidos" por Cerdán y Fuentes. Por ejemplo, "qué poderes reales tenía" el secretario de Organización, "quién autorizó y ejecutó los pagos investigados", presuntamente con dinero del partido, "qué controles internos existían" para evitar estas conductas, o "si hubo fallos relevantes en los mecanismos de supervisión", además del posible beneficio que pudiera obtener el PSOE.
Pedraz concluye que "con lo actuado no se acredita lo que se viene denominando un 'principio de prueba'" suficiente para imputar a la formación, para lo que da de plazo que se celebren las diligencias ya previstas. Estas son la declaración como imputado de Cerdán, conocer si él ordenó los pagos a Leire Díez y, en su caso, cómo se realizaron y blanquearon mediante facturas. "Así, una vez practicadas, se podrá pues decidir", concluye.
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