La Fiscalía también ha reclamado al Tribunal Supremo que permita votar a todos los nacionalizados por la ley de nietos y se levanten las medidas cautelares. En concreto, ha reclamado a la Sala de lo Contencioso-Administrativo que “sopese la posibilidad” de no revisar las concesiones de nacionalidad otorgadas mediante esta ley.
En esta línea, fuentes de la Fiscalía informan de que "se ha sugerido a la Sala que esta nueva situación puede haber cambiado el escenario de ponderación de intereses en conflicto que ha de valorarse para adoptar medidas cautelares, para que se sopese la posibilidad de no llevar a cabo esas acciones de revisión del censo al menos durante este proceso electoral".
De acuerdo con lo dictado por el Supremo, volcaba en los consulados la tarea de expedir certificados a quienes acreditaron con documentos el exilio de sus antepasados y diferenciarlos de quienes recuerrieron a la instrucción del Ministerio de Justicia que presumía esa condición para todos los españoles que salieron de España entre 1936 y 1955. Asimismo, el Ministerio Público insiste en la necesidad de que se dé oportunidad de personarse en el procedimiento a aquellas personas afectadas por las medidas cautelares adoptadas por el Supremo el pasado septiembre: suspender de forma cautelar el voto y las nuevas inscripciones en el censo salvo exilio acreditado.
Con esta petición, la Fiscalía se une a la Abogacía del Estado, que este jueves ya solicitó levantar las medidas cautelares y argumentó que la convocatoria de elecciones hacía "materialmente imposible" revisar los expedientes antes de las elecciones generales del 29N.
La Abogacía insiste en levantar la suspensión del voto
Después de que el Supremo diera este martes un plazo de 48 horas a las partes para que presentaran alegaciones a la ‘ley de nietos’ y a la suspensión de voto de los nacionalizados al amparo de esta norma, la Abogacía del Estado pedía que se revoquen las medidas cautelares.
En el escrito, los servicios jurídicos del Estado sostenían como “materialmente imposible” verificar quién cumple los requisitos marcados por el Supremo a falta de dos meses para los comicios generales. “La Sala se encuentra en la necesidad de valorar, ponderar de forma proporcional, el sacrificio del derecho fundamental al sufragio activo que se está imponiendo, sin trámite de audiencia alguno, a 163.020 españoles”, sostiene la Abogacía en su escrito. Además, ponían de relieve que el voto de estos españoles “no tendría un impacto significativo en los resultados”.
Movimientos que llegan después de que Iustitia Europa y Vox presentaran un recurso contra la ‘ley de nietos’ advirtiendo de los efectos que se podría desprender de la norma en las elecciones generales y el Supremo ordenara la paralización del voto a estos españoles. Entonces, el Alto Tribunal indicó que todas las alegaciones deberían referirse tanto a los que obtuvieron la nacionalidad española al amparo de la ‘ley de nietos’, como a aquellos que se hayan nacionalizado en el marco de la instrucción de Justicia, que fija la condición de exiliados en todos los españoles que se vieron obligados a abandonar el país en las primeras décadas del franquismo.
Iustitia Europa pide aplazar las elecciones
En línea con todo ello, este viernes Iustitia Europa ha solicitado al Supremo que suspenda las elecciones generales "para garantizar la ejecución efectiva" de la suspensión cautelar de la ley de nietos que acordó el alto tribunal en septiembre.
Así lo ha pedido en un escrito, en el que señala que "la propia Abogacía del Estado" afirmó en el recurso que presentó este jueves que "resulta 'materialmente imposible certificar en un lapso temporal razonable' cuáles de los 168.896 expedientes concernidos responden al concreto supuesto determinante de las medidas cautelares".
El abogado y presidente del partido, Luis María Pardo, argumenta que "la legitimidad democrática de las instituciones representativas exige que la formación de la voluntad electoral se produzca conforme al ordenamiento jurídico y a las resoluciones jurisdiccionales vigentes que inciden directamente sobre los efectos del censo".
Asimismo, insiste en que la Administración "declara la imposibilidad material de ejecutar esa suspensión dentro del calendario de las elecciones generales", para añadir que la celebración de la votación "consumaría los efectos electorales cuya delimitación y suspensión constituyen precisamente el objeto de la tutela acordada".
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