Carlota Prado no se da por vencida en su litigio judicial contra Mediaset España, Zeppelin y los trabajadores de Gran Hermano que tuvieron relación directa con el abuso sexual que sufrió en la casa del reality del programa de televisión. Los hechos ocurrieron en 2017 y han sido juzgados este año, pero la intención de Prado es que además de la condena contra su abusador, José María López,  y la productora, se extienda

Según ha podido conocer ElPlural.com, Prado ha interpuesto una nueva denuncia, ahora contra Mediaset España, la citada empresa responsable del formado de GH y los trabajadores que estuvieron en la casa de Guadalix de la Sierra la noche de auto. La propia Carlota Prado ha interpuesto un requerimiento ante la Guardia Civil en Coín (Málaga) este 8 de mayo.

En el atestado, la joven detalla que "desea presentar una denuncia contra la productora del programa Gran hermano, contra Mediaset y contra los trabajadores de dicho programa por no prestarle auxilio cuando sucedieron los hechos". Es decir, la exconcursante apela ahora a la omisión de socorro, un delito contemplado en el artículo 195 del Código Penal. El citado artículo pena que no se atienda a una persona que "se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, cuando pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de terceros", y se establecen penas de multa que van de tres a doce meses.

Carlota Prado señala también que el delito fuera grabado y realizado como un contenido más del show y que le permitieran volver al concurso de convivencia como si nada hubiera pasado. "Realizaron un montaje de distintas cámaras que después le enseñaron a la declarante. Dice que tras esto, la dejaron volver de nuevo a la casa donde se hacía el programa y no le prestaron apoyo psicológico suficiente", indica el escrito sobre cómo se enteró Prado del suceso.

El 8 de febrero del año 2022 se inició la celebración del juicio del procedimiento señalado, pero fue suspendido ante la ausencia de Prado. Sus abogados por aquel entonces, explicaron que la denunciante tenía "problemas psiquiátricos de gravedad". "Pensábamos que estaba en condiciones de declarar, pero no ha venido. Solicito que se suspenda el juicio a la espera de que se encuentre en mejor estado", indicaban sus abogados al respecto. Sin embargo, en esta nueva denuncia deja constancia que "no es verdad y que estuvo catorce días en un psiquiátrico". Ahora, Prado debe esperar para ver si la denuncia es admitida a trámite en el juzgado de instrucción de turno. En el caso de que un juez inicie las pesquisas necesarias, Prado ya ha solicitado asistencia jurídica gratuita, lo que quiere decir que iniciará este nuevo proceso con un abogado de oficio.

José María López, condenado a quince meses de prisión por abuso sexual

La denuncia se produce apenas un mes después de que el juzgado de lo Penal nº 18 de Madrid condenara a José María López a quince meses de prisión como autor responsable de un delito consumado de abusos sexuales contra Carlota Prado en Gran hermano 18. Sin embargo, al ser inferior a dos años y no tener antecedentes penales, es previsible que no pisará la cárcel. La sentencia, que todavía no es en firme, incluye también cuatro años de alejamiento e incomunicación respecto de la víctima y a indemnizarla en la cantidad de 6.000 euros.

Zeppelin TV, productora del reality show que se ha emitido durante casi 20 años en Telecinco, también era condenada por el daño moral suplementario causado al comunicarle a la víctima el delito de abuso sexual del que fue objeto, con una cantidad de 1.000 euros. Tras la publicación del resultado, emitieron un comunicado explicando "su respeto a la sentencia dictada en el procedimiento penal". Sin embargo, Carlota Prado no puede recurrir dicha sentencia al no haber existido durante el juicio acusación particular.

¿Pisará la cárcel?

"No es cierto que una pena inferior a los 2 años exima a un acusado de entrar en prisión", inidican fuentes jurídicas a este medio sobre si José María López entrará en prisión. El mencionado texto legal recoge distintos supuestos en los que puede reducirse este tipo de condenas entre los artículos 80 y 87, donde se recoge lo siguiente: "Los jueces o tribunales, mediante resolución motivada, podrán dejar en suspenso la ejecución de las penas privativas de libertad no superiores a dos años", reza. Por tanto, queda claro que la Ley determina que los magistrados no están obligados a poner en marcha este tipo de reducciones.

Aunque todavía existe la posibilidad de que los abogados de José María López recurran la sentencia ante la Audiencia Provincial de Madrid, los jueces pueden tomar la decisión de que López cumpla con su condena de manera íntegra aunque cumpla con los requisitos necesarios de cara a una posible suspensión de la pena. Asimismo, es necesario destacar que "debería haber una negociación entre las partes partes".