El Juzgado de Instrucción Número 49 de Madrid ha archivado la denuncia presentada por un abogado contra el alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, por un delito de omisión de deber de perseguir delitos al no denunciar la presunta estafa en la compra de material sanitario. Una estafa, conocida como caso mascarillas, en la que están imputados los empresarios Luis Medina y Alberto Luceño.

Según el auto del juez, adelantado por El Periódico de España, y al que ha tenido acceso ElPlural.com, “no concurren los elementos exigidos en el tipo penal. Al denunciado no le es exigible haber podido detectar, con anterioridad a la investigación llevada a cabo por la Fiscalía, la presunta comisión de los delitos que han dado lugar a la interposición de la querella (la de Anticorrupción), al no serle exigible conocer minuciosamente los precios de mercado del material adquirido por el ente público que dirige, máxime en una situación excepcional de emergencia y necesidad, que motivó tal adquisición como consecuencia de la pandemia sufrida”.

El magistrado prosigue diciendo que, a lo anterior, hay que sumar el elemento subjetivo, que precisa una “omisión maliciosa, no como simple intención de no perseguir, sino como intención buscada de propósito para que el delito quede impune”.

Así, explica el juez que, “de la lectura de la querella se constata que el ente público reclamó al intermediario en esta operación, la rebaja del precio pactado en uno de los artículos adquiridos al comprobar que se vendían al público a precio inferior. Con ello se evidencia la finalidad del Ayuntamiento de no abonar un sobreprecio sobre los productos adquiridos”.

En cuanto al hecho reflejado en la denuncia de que, aunque hubiese una investigación abierta en la Fiscalía Anticorrupción eso no exime al Ayuntamiento de Madrid de denunciar los hechos, dice el auto que, “si la Fiscalía, ministerio competente para perseguir los delitos, necesitó la incoación de Diligencias de Investigación para comprobar la existencia de indicios de criminalidad, no resulta procedente la exigencia al responsable del Ayuntamiento (Almeida), de iniciar acciones penales con carácter previo a dicha comprobación. Acciones que hubieran resultado precipitadas, y carentes de sustento indiciario.