Este viernes la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha comunicado el archivo de la denuncia que presentaron dos trabajadoras del cantante Julio Iglesias contra él en la que alegaban agresiones sexuales y trata de seres humanos, por "falta de jurisdicción de los tribunales españoles y, por lo tanto, la falta de competencia de la Fiscalía de la Audiencia Nacional para conocer de la investigación preprocesal de los hechos denunciados". Un archivo que ya ha llegado a las abogadas de las denunciantes, quienes han adelantado acciones legales.

Así, desde Women’s Link -la asociación que ejerce de representante y asesora de las dos mujeres denunciantes- aseguran que estas “seguirán luchando por justicia” y han tildado de “lamentable” el archivo de las diligencias de investigación. A través de un comunicado, tanto esta asociación como Amnistía Internacional interpretan los motivos expresados por la Fiscalía como que “no ha existido un análisis de fondo sobre la culpabilidad o no del denunciado”, lo que permitiría, no obstante, que las denunciantes acudan ante “órganos judiciales pertinentes”.

De esta forma, sostiene que la decisión de la Fiscalía es "lamentable porque pierde la oportunidad de investigar los hechos y considerar toda la evidencia que Rebeca y Laura incluyeron en su denuncia". A su vez, remarcan que se ha tomado esta decisión “en menos de dos semanas, sin tener en consideración todos los elementos probatorios”. En esta misma línea, las dos asociaciones en defensa de las dos mujeres que presentaron la denuncia añaden que la idea de que un ciudadano español podría ser eximido de un proceso de justicia si los presuntos delitos "no ocurrieron en España y fueron cometidos contra mujeres no españolas", lleva a desconocer "el principio de extraterritorialidad y el derecho humano fundamental para que todas las mujeres y niñas puedan vivir en un mundo libre de violencias".

Al hilo de ello, se han referido al Convenio de Varsovia y el Convenio de Estambul, que obligan a los Estados a investigar violaciones de derechos humanos cuando el presunto autor es nacional del país, incluso si los hechos ocurrieron fuera del territorio. "La justicia debe ser posible más allá de las fronteras", han reiterado. Por todo ello, han adelantado que las denunciantes "no aceptarán un tecnicismo legal" y exigen a la Fiscalía de la Audiencia Nacional que considere "toda la información y evidencia presentada".

Al margen de todo ello, tanto Women’s Link como Amnistía Internacional instan al respeto de la privacidad de las dos extrabajadoras a la espera de sus próximos pasos legales y ante el temor a "posibles represalias". "En Women's Link y Amnistía Internacional reiteramos la importancia de proteger a las sobrevivientes", han remarcado.

La Fiscalía alude no ser competente

En el decreto de archivo de las diligencias preprocesales al que ha accedido ElPlural.com, la Fiscalía subraya, en aras de justificar el archivo de la denuncia, que "el artículo 23.1 LOPJ atribuye competencia a los tribunales españoles sólo por hechos cometidos en territorio español, o a bordo de buques o aeronaves españolas", algo que no se corresponde con los hechos denunciados que sucedieron en la República Dominicana y las Bahamas. "Igualmente, la Audiencia Nacional, siguiendo los criterios marcados por nuestro más Alto Tribunal, ha interpretado reiteradamente el artículo 23 LOPJ en su redacción vigente tras la LO 1/2014 y ha confirmado que España no es competente para investigar delitos cometidos en el extranjero cuando no existan vínculos relevantes con nuestro país, especialmente cuando: las víctimas son extranjeras y no son residentes en España, los presuntos autores también lo son o no se encuentran en España, o aun siéndolo, tampoco están en nuestro país, los hechos se investigan o pueden investigarse en el Estado donde ocurrieron", reza el decreto.

"Este precedente es totalmente trasladable y aplicable al caso actual, donde: las víctimas son extranjeras, no residen en España, los hechos ocurrieron en República Dominicana y Bahamas, los denunciados no se encuentran en España, no existe denegación de extradición, los hechos deben ser perseguidos por los Estados directamente competentes, por ser donde ocurrieron los hechos y donde se encuentran las pruebas", subraya la Fiscalía.

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