Ante la negativa de la Fiscalía de la Audiencia Nacional a tener “acceso formal” a la denuncia que dos extrabajadoras han interpuesto en su contra por presuntos abusos sexuales, Julio Iglesias ha actuado por su cuenta. El cantante se ha quejado de que la Justicia no le deja “ejercer" su "defensa en el procedimiento”, por lo que ha decidido volver a recurrir a sus redes sociales para “dejar constancia de la absoluta falsedad de los hechos denunciados".
En esta ocasión, el artista ha ido un paso más allá y ha publicado mensajes y audios que pertenecen supuestamente a conversaciones con las dos denunciantes, extrabajadoras de sus mansiones en Punta Cana y Bahamas. Además, pese a que ambas han querido preservar su anonimato e incluso la Fiscalía de la Audiencia Nacional les ha otorgado la condición de testigos protegidos, Iglesias no ha eliminado el contacto de las capturas, permitiendo que se conozcan sus nombres.
Tras este último movimiento del artista se abre un debate jurídico: ¿supone un delito la filtración de estos mensajes privados con sus extrabajadoras? Para tratar de dar una respuesta rigurosa a esta pregunta, ElPlural.com se ha puesto en contacto con dos expertas: Susana Gisbert, fiscal especializada en Violencia de Género y delegada de Memoria Democrática y Delitos de Odio, y la abogada Lorena Ruiz-Huerta. A través de argumentos de peso, las letradas han expresado posturas diferentes.
Por qué no podría suponer un delito
Susana Gisbert asegura que “legalmente es muy complejo”. En primer lugar, “porque es una conversación entre dos personas y una de ellas es la que sube la conversación”: “No ha utilizado elementos para grabar una conversación con terceros, que es lo que sería una revelación de secretos”.
En este sentido, explica que al ser “una de las partes de la conversación, la puedes revelar salvo que contenga unos secretos que no se puedan difundir”. Esta explicación alude a la vía penal, en la que “el delito” lo ve “muy dudoso”. No obstante, en cuanto a la vía civil, “si consideran que puede afectar a su honor de alguna manera, pueden accionar una demanda reclamando su derecho al honor”.
En lo que respecta a la consideración de testigos protegidos que les ha otorgado la Justicia, Gisbert explica que “lo son en relación con las partes del proceso, pero Iglesias aún no es parte de él porque ni siquiera tiene consideración de investigado ni ha sido imputado”.
Por lo tanto, tampoco está notificado de que sean esas las personas protegidas: “El primer escollo para mí es que él ha decidido que esas personas son las que le han denunciado, pero él, si no está notificado, no lo sabe. A lo mejor está revelando conversaciones de otras personas que no le han denunciado”.
Por qué sí podría suponer un delito de revelación de secretos
Lorena Ruiz-Huerta apunta en primer lugar que "el derecho no es como una fórmula matemática que se haga siempre todo exacto", pero, a su juicio, "puede haber claramente un delito de revelación de secretos, porque se está revelando una conversación privada sin consentimiento de la otra parte. Además, existe "una difusión a terceros".
La abogada matiza que "la revelación de cualquier mensaje no es delictiva, pero sí la de los que tienen un contenido íntimo o personal", como es en este caso. En cuanto a la condición de testigos protegidos, Ruiz-Huerta explica que la ley de protección de testigos "no prevé de por sí un delito autónomo cuando se revela la identidad de estos testigos, pero sí podría constituir un agravamiento del delito anterior": "Teniendo en cuenta también que, en este caso, la persona que lo hace tiene un nivel de difusión inmenso. A mí me parece que eso agrava la conducta y podría agravar la pena".
Paralelamente, la letrada señala que "cabría estudiar cuál es el ánimo o la intención" de publicar este contenido puesto que, aunque asegura que lo ha hecho para defenderse, habría que ver si no hay también un componente intimidatorio y de coacción hacia las denunciantes". Por ello, considera "conveniente que se adoptasen medidas cautelares de protección reforzada" para las denunciantes, ya que Iglesias "no respeta la decisión del juzgado de protegerlas con ese estatus de testigos protegidos".
Ruiz-Huerta hace una última lectura sobre este movimiento del cantante, que "ha decidido tomarse la justicia por su mano": "Esto lo que demuestra es un desprecio absoluto por el sistema judicial y por la autoridad judicial. No conozco ningún país en el que uno pueda ejercer su derecho de defensa de manera autónoma y externa al proceso judicial. La defensa se ejerce dentro del procedimiento judicial, con lo cual yo creo que solamente está creándose cada vez más problemas".
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