La Asociación Jueces para la Democracia (JpD) solicita ante el Consejo General del Poder Judicial la apertura de expediente disciplinario por faltas graves y muy graves contra el magistrado Salvador Alba Mesa y que se acuerde con carácter inmediato y como medida cautelar, la suspensión de funciones del magistrado.  Esta petición se debe a que señala JpD, Alba ha grabado a colegas en deliberaciones confidenciales en la sala o en conversaciones distendidas. Este juez es el que, según se ha denunciado repetidamente, acordó presuntamente con un empresario el contenido y sentido de su testimonio, para mantener las acusaciones contra la magistrada Victoria Rosell, exdiputada de Podemos que renunció a ir en las listas precisamente por este asunto. 

“No puede ser ajeno a este órgano que los hechos son de una extraordinaria gravedad y que si un magistrado está grabando sin su consentimiento a letrados y compañeros con los que comparte Sala el normal funcionamiento de la administración de Justicia resulta imposible por lo que tal medida debiera acordarse de forma inmediata”, apuntan JpD

 Grabaciones “para incriminar”

“D. Salvador Alba Mesa, magistrado de la Audiencia Provincial de Las Palmas, y anteriormente sustituto del Juzgado de Instrucción nº 8 de Las Palmas, viene realizando actos ilegales en dicho Jugado y en la Sección de la Audiencia Provincial donde sirve consistentes, fundamentalmente, en la grabación de sus propios compañeros cuando hablan distendidamente en una relación fluida de compañeros de una sección”, denuncian ante el órgano superior de Gobierno de los jueces.

Añaden que “además utiliza el contenido de las grabaciones para incriminar a los posibles intervinientes o para defenderse en procedimientos penales abiertos por él o contra él abiertos. Lo hace cuando está comprometido el principio de secreto de las deliberaciones de un órgano colegiado, norma básica de actuación de los órganos colegiados, que el Sr. Alba no tiene el menor reparo de infringir en provecho propio y en perjuicio ajeno”.

“Dicha grabación ha sido, además, presentada por el propio Sr. Alba en el Juzgado de Instrucción nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria en un procedimiento iniciado por él por una denuncia por coacciones presentada en mayo de 2016 y a pesar de que, al menos, la conversación grabada y que afecta a sus compañeros de Sección es posterior a los hechos por él denunciados y por tanto ninguna relación tienen con los mismos”. 

Asuntos  confidenciales al descubierto

Fue durante los días 3 y 4 de noviembre de 2016 cuando JpD dice haber tenido conocimiento, a través de los medios de comunicación, “de una nueva actuación llevada a cabo por el señor Alba que, esta vez, habría procedido a grabar subrepticiamente a los compañeros con los que comparte Sección mientras estos debaten y deliberan sobre asuntos en trámite, así como a grabar una conversación sostenida con un letrado cuyo contenido, publicado en prensa, se refería a cuestiones que afectan a la vida privada de otros jueces que pertenecen a Jueces para la Democracia”.

Sobre el caso Rossell señala JpD que en prensa digital se puede leer  “la reunión previa a una declaración del imputado, en la que el juez acuerda con Ramírez (el empresario) cuál debe ser el contenido y sentido de su testimonio, con el fin de sostener las acusaciones contra Victoria Rosell y archivar la causa que afecta al empresario, en base a una supuesta nulidad de las actuaciones de la jueza”. 

Las deliberaciones son secretas

Para los jueces progresistas “los primeros hechos a que se han hecho referencia constituyen una actuación muy grave en ofensa, ya no sólo de la dignidad y sosiego en el trabajo de los compañeros, sino que suponen una infracción de la Ley, además de una quiebra de las más mínimas normas de deontología profesional al utilizar el contenido de la grabación en su defensa y contra terceros en un procedimiento penal abierto por el Sr. Alba”.

“Las deliberaciones y votaciones de la Sala son secretas por imperativo del artículo 233 de la LOPJ” –recuerdan-  “por lo que, de confirmarse lo publicado en la prensa y que ya ha sido parcialmente difundido, el hecho de que se procediera a grabar a las personas con las que un magistrado comparte Sala mientras estos discuten y deliberan sobre asuntos de su competencia constituye una deleznable actuación en contra, ya no sólo de las más mínimas normas de ética profesional, sino también con implicaciones disciplinarias”.

Que el CGPJ actúe

“Jueces para la Democracia ya mostró su sorpresa, estupor y preocupación por informaciones publicadas en prensa sobre la actuación del magistrado sustituto Sr. Alba en el Juzgado de Instrucción nº 8 de Las Palmas, que había tenido contactos con investigados en un procedimiento penal para que éstos declarasen en un determinado sentido en declaraciones posteriores para proceder a la incriminación de la antigua titular del Juzgado, María Victoria Rosell”, explican.

Entonces reclamaban una mayor celeridad en la tramitación del procedimiento penal en curso contra el juez Alba. Ahora, el contenido de la grabación de magistrados “deliberando y siendo grabados por el Sr. Alba”,  les motiva dice JpD “a poner los hechos directamente en conocimiento de los órganos disciplinarios del Consejo General del Poder Judicial”. 

La vida privada de los jueces

Tales hechos podría constituir, aclaran,  “sin perjuicio de mejor calificación”, faltas muy graves del artículo 417, apartado 12: “La revelación por el juez o magistrado de hechos o datos conocidos en el ejercicio de su función o con ocasión de éste, cuando se cause algún perjuicio a la tramitación de un proceso o a cualquier persona”; y apartado 14: “La ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales”.

Continúan enumerando en su escrito de denuncia una serie de infracciones como “el exceso o abuso de autoridad, o falta grave de consideración respecto de los ciudadanos e instituciones y el  personal al servicio de la Administración de Justicia” o el hecho de  “revelar el juez o magistrado y fuera de los cauces de información judicial establecidos, hechos o datos de los que conozcan en el ejercicio de su función o con ocasión de ésta”. 

Consideran también constitutiva de infracciones graves la segunda grabación “en la que el magistrado sostiene una conversación con un letrado donde le sonsaca cuestiones relativas a la vida privada de jueces y magistrados y que, después,  presenta en una causa penal cuyo objeto nada tiene que ver con eso y movido, por tanto, por el único objetivo de hacer público tales datos, como desgraciadamente así ha sido”.

 “Inaudito, inaceptable e inmoral”

Para JpD “la actuación del Sr. Alba socaba indefectiblemente la confianza de los ciudadanos en la Administración de Justicia. Es escandaloso que un juez, además en funciones de sustitución al de una antigua compañera, se componga con un testigo para asesorarse y preste declaración en un determinado sentido para poder incriminar a dicha compañera por simples arrebatos de odio y malicia”.

Consideran que es también “inaudito, inaceptable e inmoral, además de ilegal, grabar a los compañeros en una actitud distendida, así como cuando están deliberando, incumpliendo flagrantemente la ley. Si además se hace para utilizarlo en su propia defensa en procedimientos penales por él abiertos, la conducta merece todo tipo de reproches”.