El Ayuntamiento de Las Cabezas de San Juan (Sevilla) se encuentra inmerso en un presunto caso doble de prevaricación administrativa tras el archivo de un expediente disciplinario abierto al director de Comunicación del alcalde por una posible incompatibilidad laboral.

Según la información a la que ha tenido acceso El Plural.com, el asesor de Comunicación del Gobierno municipal habría desarrollado de forma simultánea su labor en el Ayuntamiento y en la televisión local privada como presentador, reportero y redactor, tal y como consta, incluso en el Linkedin de dicho asesor. La normativa vigente, en concreto el Estatuto Básico del Empleado Público, establece que el desempeño de una segunda actividad en el sector público o privado requiere la correspondiente autorización de compatibilidad, que debe ser aprobada por el órgano competente, en este caso, en el Pleno municipal.

Fuentes municipales señalan que dicha autorización no fue aprobada, lo que motivó la apertura de un expediente para determinar si se habría producido una posible incompatibilidad por desempeñar este segundo trabajo sin autorización. La coincidencia entre desempeñar el cargo de asesor del alcalde y trabajar en medios que cubren la actividad del propio regidor y su Gobierno, haría que se enfrentase a, mínimo, la suspensión de empleo y sueldo de un año.

Un expediente abierto y posteriormente archivado

La posible incompatibilidad, cuestión que la oposición ya ha denunciado en reiteradas ocasiones, hizo que el Ayuntamiento iniciase un procedimiento interno para esclarecer los hechos. Sin embargo, según ha podido conocer ElPlural.com, el asesor habría cesado en su actividad privada una vez abierto el expediente.

Así, la controversia se ha intensificado a raíz del archivo del expediente mediante un decreto firmado por el alcalde. Esto es porque el procedimiento disciplinario debe ser instruido por un funcionario designado, que es quien tiene la competencia para realizar las diligencias necesarias y proponer, en su caso, sanción o archivo. Solo a partir de esa propuesta podría adoptarse una resolución definitiva. En este caso, el decreto de archivo ha sido firmado por el alcalde, mientras que la firma del secretario municipal, según se indica, se limita a dar fe de la autenticidad de la firma del regidor. Por lo tanto, se cuestiona si el archivo se ajusta estrictamente al procedimiento previsto en la normativa.

Asimismo, el cierre del expediente se apoyaría en un informe jurídico externo solicitado a un tercero, careciendo de peso legal. Esto se debe a que el informe no aporta ni cita bases legales, sino artículos de opinión que habría publicado un abogado en internet. Según fuentes consultadas, dicho documento no habría sido emitido ni por la Secretaría General del Ayuntamiento ni por el instructor designado, coincidiendo en este caso que son la misma persona. Esto ha generado debate sobre su validez en el marco de un procedimiento disciplinario.

Debate político y posibles consecuencias jurídicas

La situación ha derivado en acusaciones sobre una posible actuación irregular tanto en la incompatibilidad del asesor como en el archivo del expediente, llegándose a mencionar la eventual comisión de un delito de prevaricación administrativa. El caso no solo afecta al asesor implicado, que podría haberse enfrentado a una sanción disciplinaria en caso de confirmarse la incompatibilidad, sino que sitúa el foco en la actuación del propio alcalde.

Alcalde lo niega

El alcalde de la localidad niega los hechos y califica las acusaciones vertidas sobre él como "bulos" por parte de la oposición, tras una denuncia realizada el pasado diciembre en un pleno municipal. Según ha explicado el regidor, fue precisamente a instancias suyas por las que se inició un procedimiento para investigar mediante un expediente administrativo los hechos denunciados.

Posteriormente, se nombra instructor al Secretario General del Ayuntamiento para que diga si corresponde sancionar al trabajador o no y resuelve que procede archivar el procedimiento porque "no resulta de aplicación el régimen disciplinario" previsto para los empleados públicos. El dirigente esgrime que el secretario no realiza informe como tal porque lo que hace es ratificar la resolución.

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