A pesar de no estar permitido por la legislación europea, Vox y la asociación ultracatólica Hazte Oír han decidido participar en el procedimiento abierto por la Fiscalía Europea para investigar el uso de fondos europeos en contratos públicos relacionados con Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno. El Art 36.5 de la Ley Orgánica 9/2021 dice lo siguiente: "En el procedimiento previsto en esta ley orgánica no se admitirá la personación como acusación popular". Sin embargo, la ultraderecha decide hacer su show.

"El procedimiento de la Fiscalía Europea no admite acusaciones populares pero Hazte Oír ha solicitado personarse como acusación particular. No vamos a dejar pasar ninguna oportunidad. Con todo. Es un deber. Cumplimos", ha indicado la organización ultra. Por su parte, el partido de Santiago Abascal ha esgrimido lo siguiente: “Vox se persona ante la Fiscalía Europea en la pieza separada avocada del juzgado 41 de instrucción sobre el caso de Begoña Gómez que implicaría a los fondos europeos”.

En concreto, ha sido la vicesecretaria nacional jurídica del partido y también letrada del ICAM, Marta Castro, quien ha remitido a la Fiscalía Europea la solicitud de personación de Vox como acusación popular en la pieza separada del caso.

Vox se ampara en el artículo 125 de la Constitución

Dicha pieza se abrió el pasado 4 de junio, tras recibir el juez un escrito de la Fiscalía, según constaba en una providencia firmada el 29 de mayo por el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid, quien investiga a Gómez por presuntos delitos de tráficos de influencias y corrupción en los negocios.

Al tratarse de una providencia, y no de un auto, el juez Juan Carlos Peinado no aportó mayores detalles sobre su decisión y se limitó a afirmar que: "Dada cuenta, por recibido el anterior oficio de la Fiscalía Europea y en su vista procédase con el mismo a la apertura de pieza separada".

En este contexto, Vox ha presentado su solicitud de personación de acuerdo con el derecho y la normativa que permite el ejercicio de la acusación popular en España. La formación liderada por Santiago Abascal invoca específicamente el artículo 125 de la Constitución, que reconoce el derecho de los ciudadanos a ejercer la acción popular y a participar en la Administración de Justicia a través de la institución del Jurado.

Además, Vox cita los artículos 110 y 270 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, así como el artículo 24.1 de la Constitución, el artículo 19 del Tratado de la Unión Europea y el artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, como fundamentos legales para su actuación.

Finalmente, el partido se apoya en una sentencia del Tribunal Supremo de 2003, que establece que la acción popular "es un derecho fundamental, derivado de su reconocimiento constitucional", y también un derecho "cívico" y "activo".