El Tribunal Supremo (TS) ha decidido no admitir a trámite una denuncia presentada por un particular contra la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, por la muerte masiva de más de 7.000 ancianos en las residencias de mayores de la región durante la pandemia de coronavirus. La denuncia imputaba a Ayuso homicidio imprudente, omisión del deber de socorro, derecho a tratamiento médico y prevaricación con la agravante de premeditación, delitos que ahora los jueces descartan que la lideresa cometiera. "No disponemos de datos precisos para concluir en qué medida los criterios de derivación hospitalaria fueron acertados y rigurosos médicamente en función de la situación epidemiológica y hospitalaria de cada momento", aseguran en el auto.

El Supremo se alinea con Ayuso

Este jueves, el Supremo se ha pronunciado en un auto al respecto de la denuncia que un particular interpuso contra la dirigente del Partido Popular de Madrid por los conocidos como "protocolos de la vergüenza", aquellas órdenes que desde el Ejecutivo de la Comunidad de Madrid se impusieron para no derivar a los ancianos de las residencias a los hospitales en los peores meses de la pandemia. Un operativo que resultó con el fallecimiento de 7.291 mayores en los centros geriátricos de la región al no haber recibido una atención hospitalaria que, de haberla tenido, podría haber derivado en su supervivencia, como algunos informes han reconocido.

De esta forma, esta querella responsabilizaba a Ayuso directamente de "permitir la muerte de 7.291 personas en las residencias de la Comunidad de Madrid que estaban bajo su gestión y responsabilidad durante la pandemia" y le imputan sendos delitos de homicidio imprudente, omisión del deber de socorro, derecho a tratamiento médico y prevaricación con la agravante de premeditación. Sin embargo, la Sala de lo Penal ha considerado que este articulado no puede impulsarse porque está planteada en términos genéricos e indeterminados así como que no precisa la muerte "de concretas personas con concretas medidas o decisiones adoptadas" por el Gobierno de Ayuso.

"No disponemos, ni la denuncia los proporciona, de datos precisos para concluir en qué medida los criterios de derivación hospitalaria que en la denuncia se denominan 'protocolos de la vergüenza' fueron acertados y rigurosos médicamente en función de la situación epidemiológica y hospitalaria de cada momento", aseguran los magistrados en el auto publicado este jueves. La Sala de lo Penal añade que tampoco recoge "cuál fue el verdadero grado de cumplimiento de esos protocolos o de qué concretos pacientes pudieron fallecer por su aplicación" y considera que una atribución de responsabilidad penal a Ayuso, que está aforada, "exigiría apreciar con nitidez la existencia de una relación de causalidad concreta y precisa entre los fallecimientos y enfermedades producidos y las medidas adoptadas o las no adoptadas pero que debieron serlo".

De esta forma, los jueces aseguran que "la necesaria relación de causalidad no puede plantearse en los términos genéricos o difusos en que aparecen en la denuncia". Con todo, el Supremo apunta que el archivo de la denuncia y el rechazo de abrir una causa penal "es compatible con el cuestionamiento crítico de las decisiones que en ámbito sanitario se pudieron tomar por los responsables de la Comunidad Madrid, como también por el resto de Comunidades Autónomas o del Gobierno estatal durante la gestión de la pandemia Covid-19, particularmente en relación con las residencias de personas mayores". En este sentido, aseguran que esta decisión "ni es un aval a las políticas sanitarias que se aplicaron en relación con las residencias de personas mayores, ni lo contrario".

"El protocolo pudo ser acertado o no"

"El protocolo pudo ser acertado o no pero con los datos que se aportan no se identifica el papel de la denunciada en la elaboración del protocolo ni se puede sostener que en aquellos momentos alcanzara a comprender si los criterios de derivación eran erróneos e iban a provocar fallecimientos inevitables", apunta también. A su juicio, la situación era “extrema” y en todas las regiones se registraron “unos elevados índices de mortalidad en personas de edad avanzada”. Que en las residencias madrileñas hubiera más muertos que en las de otras regiones "puede ser un indicador del mayor o menor éxito de la gestión sanitaria" pero no les permite atribuir una responsabilidad penal a la dirigente del gobierno madrileño. "No parece razonable", explican.

Además, los jueces se remiten a las causas abiertas ya en distintos juzgados de Madrid. De hecho, hacen hincapié en que se han presentado numerosas denuncias ante la Fiscalía y ante los Juzgados de Instrucción de la Comunidad de Madrid por los mismos hechos, pero ahí sí en relación con residencias determinadas y personas concretas, y que en la propia denuncia se hace alusión. "Es en esos procedimientos en los que puede esclarecer lo ocurrido, determinando qué fallecimientos pudieron estar asociados a decisiones políticas, administrativas o de gestión y cómo, por quién y de qué manera se tomaban las decisiones de no derivación hospitalaria", detallan.

En concreto, varios juzgados de distintas zonas de Madrid investigan estos protocolos por lo penal en causas en las que ya han declarado antiguos altos cargos madrileños como el exconsejero Alberto Reyero o Carlos Mur, el que fuera en aquel momento director general de coordinación sociosanitaria en la administración regional en el año 2020. Es precisamente en estos procesos -que los llevan los juzgados de Madrid y Collado Villalba- "en los que puede esclarecer lo ocurrido, determinando qué fallecimientos pudieron estar asociados a decisiones políticas, administrativas o de gestión y cómo, por quién y de qué manera se tomaban las decisiones de no derivación hospitalaria".

 

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