El Consejo General del Notariado cree que la futura Ley Orgánica de Integridad Pública, impulsada por el Ministerio de Hacienda como una de las principales herramientas legislativas para reforzar la lucha contra la corrupción, hace un flaco favor al sistema de prevención del blanqueo de capitales y reclaman que se mantenga la obligación de hacer escritura pública para que tenga validez el traspaso de la propiedad de títulos societarios. 

La preocupación de los notarios se centra en una modificación incluida en el anteproyecto que permitirá transmitir participaciones de sociedades limitadas mediante documento privado electrónico con firma electrónica cualificada e inscripción posterior en el Registro Mercantil, eliminando la necesidad de intervención notarial. Según defienden, esta reforma dejaría fuera del sistema de control notarial miles de operaciones societarias que actualmente quedan registradas en el Índice Único Informatizado del Consejo General del Notariado.

En conversación con ElPlural, este órgano que agrupa a notarios de toda España alerta de la posibilidad de convertirnos en una especie de "paraíso del blanqueo". Pero además, acabaría de golpe con el trabajo desarrollado durante años para crear el Índice Único Informatizado del Consejo Genaral del Notariado. Pedro Galindo, director del Índice, nos explica que desde 2003, a instancias de Pedro Solbes, los notarios están obligados a registar sus operaciones. A ella acceden habitualmente organismos como el Servicio Ejecutivo de Prevención del Blanqueo de Capitales (Sepblac), la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil o la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional para investigar delitos económicos, operaciones de blanqueo o la titularidad real de una sociedad.

Consejo Fiscal y Poder Judicial piden el mantenimiento de la escritura pública obligatoria

Las objeciones del Notariado han encontrado respaldo en dos informes emitidos durante la tramitación del anteproyecto. Tanto el Consejo Fiscal como el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) han pedido al Gobierno que reconsidere la supresión de la escritura pública obligatoria en este tipo de operaciones. 

El Consejo Fiscal advierte de que "debe considerarse con mucha cautela la supresión de la necesidad de que la transmisión de participaciones sociales y la constitución de derechos reales sobre ellas se verifique en escritura pública" y recuerda que el Índice Único Informatizado del Consejo General del Notariado "proporciona información enormemente valiosa en la lucha contra los delitos relacionados con la corrupción y el blanqueo de capitales".

Asimismo recuerda que el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) concluyó en una de sus evaluaciones que "la información sobre la titularidad real de las sociedades españolas está a disposición de las autoridades competentes con facilidad y rapidez a través del Índice Único Informatizado del Consejo General de Notariado" y que las medidas adoptadas por España "constituyen un ejemplo de buenas prácticas para otros países".

Las reservas no proceden únicamente de la Fiscalía. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) también ha pedido revisar este aspecto de la reforma al considerar que supone un cambio sustancial en el sistema actual de control de las transmisiones societarias.

En su informe, el órgano de gobierno de los jueces recuerda que el sistema proyectado "elimina el control notarial «ex ante» de los negocios de transmisión de participaciones sociales y viene a sustituirlo por el control registral en el momento de la inscripción del documento privado de transmisión", una medida que, según advierte, tiene "un alcance e intensidad distinto al control presencial en sede notarial".

El CGPJ subraya además que la intervención del notario no se limita a dar fe de la operación. Según recoge el informe, el otorgamiento de escritura pública permite verificar "la identidad de los contratantes, su capacidad, su legitimación representativa, la efectividad de su consentimiento y la legalidad de la transacción, además de constatar los medios de pago".

Los jueces también ponen el foco en la utilidad práctica de la información generada por este sistema. El informe destaca que "la posibilidad de acceder a la información sobre las transmisiones de participaciones sociales a través del Índice Único constituye una medida relevante en la investigación judicial de delitos de carácter económico".

Los registradores defienden la reforma

Frente a las críticas de notarios, fiscales y jueces, el Colegio de Registradores sostiene que la reforma reforzará la transparencia societaria y cerrará espacios de opacidad que todavía existen en el sistema actual.

La decana del Colegio de Registradores, Rosario Jiménez, ha defendido públicamente que la inscripción obligatoria de las participaciones sociales en el Registro Mercantil permitirá mejorar el control sobre la titularidad real de las sociedades y dificultar la utilización de estructuras societarias para ocultar patrimonio o encubrir operaciones de blanqueo de capitales. La organización considera que "solo la publicidad registral constitutiva prevendrá fraudes estructurales" y defiende que las transmisiones de participaciones sociales deben quedar obligatoriamente reflejadas en el Registro Mercantil. Según su criterio, el sistema vigente permite que determinados cambios en la propiedad de sociedades limitadas queden fuera de la publicidad registral y, por tanto, resulten más difíciles de rastrear.

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