Juan Antonio García Jabaloy es fiscal de la Audiencia Nacional en excedencia. Actualmente ejerce com abogado, pero su experiencia en derecho internacional es inmejorable. Entre 2006 y 2012 lideró la delegación española en Eurojust, presidió grupos de trabajo con la OLAF (Oficina Europea contra el Fraude), y contribuyó al diseño de la futura Fiscalía Europea. También fue punto de contacto y coordinador en IberRed y la Red Judicial Europea para extradiciones y órdenes de detención y entrega. Además, es un referente en derecho penal internacional al que la ONU consulta habitualmente. Tras la detención de Nicolás Maduro por parte de Estados Unidos después de una incursión fuera de cualquier parámetro amparado por el derecho internacional, ElPlural.com se ha puesto en contacto con García Jabaloy para que arroje un poco de luz en un asunto más que peliagudo.

Pregunta: ¿Puede EEUU entrar en un país y atacar y secuestrar a su presidente según el derecho internacional?

Respuesta: Desde el punto de vista de la legislación internacional el principio básico que está ahí en la carta de Naciones Unidas desde la fundación de la organización de Naciones Unidas es la de soberanía e igualdad entre los estados. Por tanto, entrar en el territorio de otro país como ha sucedido para detener al que ostenta la calidad de presidente es una violación de ese principio básico del derecho internacional, y desde el punto de vista de la Corte Penal Internacional sería para un delito de los que son competencia de esa Corte Penal Internacional, como es el delito de agresión. 

A eso tienes que añadir que el Corte Penal Internacional en algunaa resoluciones ha decretado la inmunidad de los jefes de Estado mientras están en el ejercicio, y sus funciones sean legítimas. Por tanto, desde el punto de vista de la legislación internacional global, es decir, la de Naciones Unidas, la actuación ha sido absolutamente ilegítima y contraria a los principios básicos de dicha legislación internacional. Y prácticamente no hay excepciones a ello. 

Podría valer como justificación el hecho de que, el Tribunal Penal Internacional ha abierto una investigación contra Maduro por posible delitos de Lesa Humanidad, pero teniendo en cuenta que Estados Unidos no es parte de la Corte Penal Internacional difícilmente puede justificarse pues voluntariamente Estados Unidos no es parte del estatuto de Roma.

P: La ley americana permita perseguir a un narcoterrorista en todo el mundo ¿No debería primar el derecho internacional sobre una legislación nacional?

R: Desde el punto de vista estricto de la legislación interna de Estados Unidos y en materia de narcotráfico, y sobre todo en este caso de narcoterrorismo, la legislación dice que Estados Unidos es competente y tiene jurisdicción en todo el globo. Es lo mismo que pasaba antes de la reforma del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en nuestro país con el tema, por ejemplo, del terrorismo.

Legislación relativa a la DEA, que Estados Unidos lleva ya tiempo interpretando muy extensivamente para justificar ese tipo de acciones bajo ciertas condiciones, y digo muy extensivamente, porque esas legislaciones como tales no justifican la actuación como la que se ha realizado, pues no habla de la potestad de Estados Unidos de invadir otro país y detener a otra persona, sino que se habla de la capacidad de perseguir a los delincuentes, pero no a toda costa Es decir, perseguir a los delincuentes, pero respetando los principios de legalidad internacional.

En Estados Unidos es muy importante, más que la legislación que es relativamente escasa en relación con los países de nuestro entorno, la resoluciones que se dan en el Congreso y en el Senado, y las resoluciones judiciales. Hay algunas resoluciones del Congreso en el que se habla de que en temas de terrorismo, pues sí que se tiene capacidad para el uso de la fuerza militar fuera de Estados Unidos. Pero ya te digo, habla de terrorismo. Por eso es tan importante el matiz, no de narcotráfico, sino de narcoterrorismo, que es una de las imputaciones formales que le ha realizado la fiscal general.

P: Supuestamente Naciones Unidas se tiene que reunir, pero China, Francia, Rusia, Reino Unido y Estados Unidos tienen derecho a veto. ¿Cree que habrá condena?

R: Yo doy por supuesto que el Consejo de seguridad de Naciones Unidas será convocado de urgencia a petición de uno de sus miembros. Lo que no veo tan claro es que se consiga una resolución de condena a Estados Unidos, sencillamente porque Estados Unidos forma parte del Consejo de Seguridad con carácter permanente y tiene derecho a veto, y además no creo que sea el único país que impida ese tipo de resolución.

P: si no la hay ¿Cuál es el siguiente paso?

R: El siguiente paso es poder llegar a la Asamblea General de Naciones Unidas y allí se podría discutir, incluso podría salir una resolución, pero nos enfrentamos con el tema recurrente del derecho internacional de las organizaciones internacionales, y de su nula capacidad de ejecución de sus resoluciones, porque no tienen medios para ejecutarlas pues dependen absolutamente de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado o de los ejércitos de los estados que son miembros

P: ¿Cree que lo que ha hecho Trump abre un precedente peligroso?

R: Desgraciadamente, no es la única actuación que se ha realizado en este sentido por parte de las grandes superpotencias. Lo de Trump no es un precedente. Es una acción más. Basta recordar como han caído muchas dictaduras del golfo, por ejemplo Sadam Hussein. Y lo que ha venido pasando durante décadas en Afganistán, tanto por Estados Unidos después como por Rusia antes. Desgraciadamente, las grandes potencias por un lado promueven entrecomillas la existencia de legislación internacional a través de organismos internacionales, pero luego en caso necesario obvian dicha legislación.

P: Hace unos días Trump indultó a José Orlando Hernández, expresidente de Honduras, condenado a 45 años por narcotráfico ¿cree que la operación de ayer es realmente por un tema de terrorismo y drogas o tiene más que ver con controlar el país que tiene la mayor reserva de crudo?

R: Yo no puedo asegurar cuáles son las auténticas motivaciones de la administración de Estados Unidos para detener Maduro, pero desde luego se hace sospechoso el que desde agosto se haya decidido poner un cerco absoluto a Maduro y, aprovechando que se han derribado una serie de supuestas lanchas con narcos, se ha procedido también al bloqueo de algún que otro petrolero.

En todo caso, de demostrarse que Maduro estaba detrás de la organización, que efectivamente ha mandado toneladas toneladas y toneladas de drogas de todo tipo a Estados Unidos y viendo el problema social de primer orden que tienen allí en tema de gente drogodependiente, desde el punto de vista de Estados Unidos, estaría justificada esa actuación.

P: Como experto en derecho internacional y viendo lo sucedido en Venezuela, Gaza o Ucrania ¿Sirve de algo el derecho internacional o estamos entrando en una nueva era?

R: Efectivamente la legislación internacional es necesaria y los organismos internacionales son necesarios, pero no tienen capacidad de actuación, y yo creo que estamos en un momento en el que tenemos a nivel global que pensar seriamente si estas organizaciones se están dotadas de medios suficientes para hacer valer la legislación internacional, o les dejamos caer por inoperativas. Y para decidir eso tenemos que tener un poco de perspectiva histórica, y ver claramente como el periodo de mayor tranquilidad en varios siglos a nivel global se ha conseguido desde que terminó la Segunda Guerra Mundial, se creó Naciones Unidas y empezó a desarrollarse la legislación internacional.

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