El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha revocado la suspensión cautelar que mantenía paralizados los sondeos y catas previstos en el Valle de Cuelgamuros, unos trabajos técnicos considerados previos al proyecto de resignificación del enclave impulsado por el Gobierno. Según un auto al que ha tenido acceso elDiario.es, la Sala de lo Contencioso-Administrativo deja sin efecto la medida cautelar que había solicitado la Asociación para la Reconciliación y la Verdad Histórica, permitiendo así que se reanuden estas actuaciones preparatorias.
La asociación había logrado inicialmente frenar los trabajos al sostener que las intervenciones podían afectar a un espacio que, a su juicio, gozaba de la máxima protección patrimonial al tratarse de un Bien de Interés Cultural (BIC). En su recurso advertía de posibles daños sobre el conjunto monumental derivados de las catas previstas en el recinto.
Sin embargo, el TSJM considera ahora que, en esta fase del procedimiento, "no se aprecia que la Administración esté actuando desprovista de título administrativo habilitante". Aunque el tribunal precisa que la corrección jurídica de la actuación administrativa deberá analizarse cuando se resuelva el fondo del litigio, entiende que no concurren las circunstancias necesarias para mantener la paralización cautelar de los trabajos.
Además, el auto pone el foco en el interés general protegido por la Ley de Memoria Democrática. Tal y como recoge la resolución, mantener suspendidas estas actuaciones "podría generar perjuicio a los intereses generales", ya que la normativa establece expresamente el inicio del proceso de resignificación del antiguo Valle de los Caídos, hoy denominado Valle de Cuelgamuros. El tribunal subraya que ese procedimiento implicará futuras obras destinadas a modificar la configuración actual del recinto y que prolongar la medida cautelar solo serviría para retrasar su ejecución.
En su petición para levantar la suspensión, el Abogado del Estado defendió que las actuaciones previstas no constituían todavía las obras de resignificación propiamente dichas, sino simples trabajos preliminares destinados a conocer la composición y las características del terreno. Según recoge elDiario.es, se trata de un número reducido de pequeñas catas, fácilmente reversibles mediante la recolocación de las losas o planchas de hormigón retiradas, sin afectar a los elementos arquitectónicos del conjunto.
Esa misma tesis había sido sostenida previamente por el Ministerio de Vivienda, que argumentó que aún no habían comenzado las obras del proyecto de resignificación y que las actuaciones suspendidas consistían únicamente en la obtención de datos técnicos imprescindibles para elaborar el proyecto definitivo. El TSJM asume ahora esa interpretación en su resolución.
El auto también aborda otra de las cuestiones planteadas por los recurrentes. El Abogado del Estado acredita documentalmente que el conjunto arquitectónico de Cuelgamuros no ha sido declarado Bien de Interés Cultural por la Comunidad de Madrid, desmontando así uno de los principales argumentos utilizados por diversas organizaciones ultraconservadoras en su estrategia judicial contra las actuaciones previstas en el enclave.
Según recuerda elDiario.es, estos colectivos llevan años recurriendo distintas iniciativas relacionadas con el Valle de Cuelgamuros, entre ellas la exhumación de Francisco Franco, las labores de recuperación e identificación de víctimas enterradas en las criptas y, ahora, el proceso de resignificación contemplado en la Ley de Memoria Democrática.
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