Primer revés judicial a la derecha tras los indultos. El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado este lunes la petición de tres dirigentes de Ciudadanos que requerían la suspensión cautelarísima de la medida de gracia concecida a los nueve condenados por el procés independentista. 

El Alto Tribunal no aprecia la concurrencia de circunstancias de especial urgencia para tramitar la suspensión 'inaudita de parte', lo que quiere decir, sin escuchar a la Abogacía del Estado en representación del Gobierno. 

 

Se rechaza, así, la petición de la presidenta de Ciudadanos, Inés Arrimadas, y otros dos ex diputados liberales del Parlament, que buscaban que el Supremo procediera, de nuevo, a la encarcelación de los nueve condenados

Los jueces ordenan la tramitación del incidente cautelar por el procedimiento ordinario, es decir, dando a la Abogacía del Estado como contraparte un plazo de cinco días para formular las alegaciones pertinentes a la suspensión solicitada por los miembros del partido naranja.

El Supremo estima justificada la alegación de los recurrentes en lo tocante a la puesta en libertad de los indultados, entendiendo que debería corresponder la urgencia en la atención de la medida cautelar de suspensión. 

"Dicho planteamiento no parece tomar debidamente en consideración que estamos en presencia del derecho fundamental a la libertad de toda persona, reconocido y garantizado en el artículo 17 de la Constitución, del que nadie puede ser privado sino en los casos y en la forma previstos en la ley, en este caso en virtud de la correspondiente resolución judicial que da cobertura legal a la privación de libertad de los condenados", indica el Supremo.