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España

La sentencia del Supremo a la ‘ley de nietos’ activa una carrera contrarreloj para sacar del censo a 163.000 españoles antes del 29N

El Gobierno ve imposible acatar la decisión a tiempo, mientras que algunos de los que votaron en 2023 no podrán hacerlo en las próximas generales

Fachada del Tribunal Supremo. Archivo EP

Fachada del Tribunal Supremo. Archivo EP

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El Gobierno quiere acatar la orden del Tribunal Supremo de quitar el derecho a voto a más de 163.000 españoles nacionalizados por la llamada ‘ley de nietos’. Los jueces de la Sala Tercera rechazaron este lunes los recursos de la Abogacía del Estado, y mantuvieron la medida cautelar, pedida por la ultraderecha, de sacar del Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA) a quienes obtuvieron la nacionalidad por ser descendientes de exiliados durante el franquismo, como contempla la Ley de Memoria Democrática.

A pesar de que critican la situación generada, que califican “de extraordinaria gravedad”, Moncloa activó una carrera contrarreloj para llevarla a cabo antes del próximo 29 de noviembre, con la intención de no dar pie a las acusaciones de fraude electoral que sostienen el PP y Vox de cara a las elecciones generales.

El problema es que el desafío que plantea la decisión supera a la indignación del Ejecutivo, que señala que el Supremo ha restringido un derecho fundamental a las 163.020 personas que han obtenido la nacionalidad por esta vía desde 2022. Algunos de ellos votaron en las elecciones generales, autonómicas y municipales que se han celebrado desde entonces, pero para el 29N solo podrán hacerlo aquellos que acrediten documentalmente dónde vivían sus ascendientes antes de tener que huir de España por la represión de la dictadura.

Desde el Gobierno califican como “imposible” cumplir la orden del Supremo, ya explican que el registro solo permite registrar digitalmente 76.000 expedientes. El resto, más de 80.000, se tienen que hacer a mano, según publicó este miércoles Eldiario.es

El Gobierno activa un dispositivo sin precedentes

Los jueces abrieron, de forma cautelar, el camino para que los casos se resuelvan uno por uno, obligando a la Administración a abrir un trámite de urgencia para hacerlo en las siete semanas que quedan para que se abran las urnas. Pese a que el auto de los cinco jueces que votaron a favor de rechazar los recursos y mantener la decisión la argumentaban en la búsqueda de “certidumbre” en el censo electoral, el voto particular de la magistrada María Alicia Millán ya advertía de que “el mantenimiento de las medidas cautelares proyecta las incertidumbres asociadas a su ejecución sobre el procedimiento electoral”.

La jueza defendió, además, que el hecho de que ahora haya convocada una cita electoral -el Supremo impuso la suspensión cautelar casi un mes antes de que Pedro Sánchez disolviera las Cortes- puede “convertir en irreversible” la discriminación a las 163.000 personas que, pese a la opinión de la derecha, poseen la nacionalidad española con todos los derechos que esta implica.

También lo decía en sus recursos la Abogacía del Estado, que en representación del Gobierno alertó de la “imposibilidad material” de revisar los 163.000 expedientes a tiempo para que la sentencia no genere un agravio comparativo entre los nacionalizados. “O se suspende a todos los españoles inscritos en el CERA –pues los datos que en él se tienen son, globalmente, los de los españoles sin distinción alguna– o no se suspende a ninguno, porque resulta materialmente imposible distinguir a unos de otros en el brevísimo plazo de tiempo del que se dispone”, decía el recurso.

La portavoz del Ejecutivo, Elma Saiz, avanzó este martes que, pese a las reservas, “el Gobierno siempre acata las resoluciones”, y fuentes de Moncloa aseguran a Público que “hay múltiples departamentos” estudiando cómo cumplirlas. Entre ellos, citan a la Abogacía del Estado, los ministerios del Interior y Exteriores, o la propia Presidencia del Gobierno.

¿Qué implica la decisión del Supremo?

La Ley de Memoria Democrática de 2022, en su disposición adicional octava, contempla el acceso a la nacionalidad para los descendientes de quienes abandonaron España durante el franquismo “por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación de identidad sexual”. El Gobierno emitió una instrucción para aplicarla, que otorgaba la condición de exiliados a todos los españoles que salieron del país entre 1936 y 1955. Desde ese momento, unas 163.000 personas han adquirido la nacionalidad y, con ella, el derecho a sufragio.

Sin embargo, la derecha no vio conveniente denunciar esta situación hasta hace unos meses, cuando el debate lo enarboló el mismo Alberto Núñez Feijóo que defendía que los ‘nietos’ de exiliados en América Latina tenían derecho a recuperar la nacionalidad española cuando presidía la Xunta de Galicia. El ahora líder nacional del PP, de hecho, lo defendió en varios viajes al continente.

El pasado 10 de septiembre, el Supremo dio luz verde a la suspensión cautelar pedida por los partidos de ultraderecha Vox y Iustitia Europa, impidiendo a la Oficina del Censo Electoral inscribir a nuevos electores afectados. Aquellos que ya figuren en el CERA, no podrán ejercer su derecho al voto en los próximos comicios, salvo que acrediten documentalmente el exilio de sus antepasados, que es lo que contemplaba inicialmente la Ley de Memoria Democrática y eliminó, al establecer el criterio de exiliado, la instrucción del Gobierno.

Las dificultades para eliminar del censo a 163.020 españoles

Esta decisión genera algunas situaciones insólitas. Por ejemplo, que algunos de los nacionalizados que pudo votar en las elecciones generales de 2023 no podrán hacerlo el 29N. Otra incógnita es qué va a pasar con aquellos que, tras convertirse en españoles, se mudaron al país. Estos ya no figuran en el CERA, por lo que no hay ninguna forma de localizarles para quitarles el derecho a voto.

El auto del Supremo encarga a los consulados “certificación acreditativa” de que esas 163.020 personas entregaron documentos que demostraran su vínculo familiar con represaliados por los motivos que contempla la ley. En esos casos -siempre que ocurriera antes del 1 de agosto, cuando se cierra el censo electoral- “no regirá la suspensión”. Esto hace todavía más ardua la labor para acatar la sentencia, ya que obliga a identificar, una por una, a todas esas personas, y comprobar después si cumplen los requisitos.

“No sabemos si nos vale una foto en blanco y negro de tu abuelo en una trinchera, si vale una carta de amor de tu abuela a tu abuelo cuando estaba en prisión. Esto por supuesto no está detallado en ningún sitio”, advierten desde Moncloa a Público. A esto se suma que los nacionalizados por la ‘ley de nietos’ no tienen ningún distintivo en sus identificaciones que permita identificarles, al tener el mismo DNI y los mismos derechos que cualquier ciudadano español.

En cualquier caso, esa “imposibilidad material” se explica también porque el sistema solo permite cribar menos de la mitad de los expedientes de forma digital, obligando a revisar a mano unos 80.000. Desde el Gobierno advierten que es imposible hacerlo antes del 29N.

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