El chalet que el juez Juan Carlos Peinado, persona que se encarga de investigar a la mujer de Pedro Sánchez, Begoña Gómez, tiene en La Adrada (Ávila), sería definitivamente -según la Fiscalía Provincial- ilegal.
El denunciante de los hechos destacaba en sus denuncias que el inmueble carece de licencia de primera ocupación, así como de conexión a los servicios de evacuación de aguas residuales, cuestiones que el órgano competente -la Fiscalía- remite al Servicio de Protección de la naturaleza (SEPRONA) para su análisis.
El texto expone que “tratándose de la construcción de una vivienda aislada, no vinculada a explotación agrícola, ganadera o de cualquier otro uso propio del suelo rústico”, su uso podría “no ser permitido”. “No parece ser acorde a la legalidad urbanística”, evidencia.
Así las cosas, las líneas que ha podido leer este periódico alude que existen “indicios de que se hubiera incurrido en un delito de prevaricación urbanística” acorde al artículo 320.1 del Código Penal “en cuya redacción a la fecha de los hechos castigados, tanto a la autoridad o funcionario público que informara favorablemente proyectos de edificación o la concesión de licencias contrarias a las normas urbanísticas vigentes, como a los que hubiera resuelto o votado a favor de su concesión a sabiendas de su injusticia”.
Lo emitido, señala el organismo, podría suponer “la pena establecida en el artículo 404 de este Código (inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años), y además, con la de prisión de seis meses a dos años o la multa de doce a veinticuatro meses”.
Con todo lo expuesto por el momento por la Fiscalía quedaría claro que el inmueble del magistrado es, a todas luces, ilegal, tal y como informó este periódico; lo mismo que las diferentes actuaciones que le han rodeado.
Para no perderse nada del 'caso' del chalet del juez Peinado
En otro de los apartados del texto, éste es todavía más claro al señalar lo siguiente: “(…) Las irregularidades apreciadas en la tramitación del expediente por concesión de una licencia, con informe favorable del arquitecto municipal y la posterior inactividad municipal tras los escritos del promotor de los años 2006 y 2013 serían conductas con indicios de criminalidad urbanística”. Pese a todo, emplaza, se corresponden con delitos “prescritos”.
Si bien, en un principio la Fiscalía se refiere asimismo a un posible “delito de prevaricación por omisión del artículo 320 del Código Penal” en alusiones a la actuación del Consistorio abulense, el denunciante adelanta en declaraciones a este medio que prepara respuesta para que centre más el foco, precisamente, en las operaciones del equipo local y no tanto en el chalet en sí. “El trabajo que realiza la Fiscalía es impecable, pero está desenfocado con lo que era mi petición”, señala.
El posible delito de prevaricación urbanística llevado a cabo supuestamente por el ayuntamiento de la provincia de Ávila pasa por permitir que el juez levantara el inmueble de manera irregular; y es esto a lo que la fiscalía ha dado carpetazo al no contar “con indicios de que las sucesivas corporaciones municipales hayan tenido conocimiento de las irregularidades descritas, al no constar nuevas comunicaciones del promotor al ayuntamiento hasta 2021”.
La denuncia se remonta a un texto elevado sobre la construcción del chalet por parte del magistrado que investiga a Gómez. Según dicha denuncia, el juez habría pedido una primera licencia de obra mayor a finales de 2004 y le fue concedida como suelo urbanizable, pero no urbano. Esto quiere decir que en esa parcela no se podía construir en aquel momento, sino que había que desarrollar un plan parcial que obligase a la parcela a hacer cesiones para dotaciones comunes como pudieran ser zonas verdes, calles y otros equipamientos. Así las cosas, no es hasta 2017 cuando llega la calificación de suelo urbano, una vez que la casa ya está construida y el PP se encuentra en el Ejecutivo.
En otro orden de cosas, la Fiscalía ha estudiado también los aspectos que la denuncia apuntaba sobre la piscina de la vivienda y sus posibles irregularidades, explicando que desde marzo de este año hay un informe favorable a la solicitud del juez para incluir esta parte de la casa. En cualquier caso, teniendo claro el orden cronológico de los diferentes hechos, lo más significativo es que durante 13 años la vivienda estuvo en una especie de limbo legal.
Lo grave, más allá de la propia edificación, es que el Ayuntamiento, pese a disponer de un informe desfavorable del arquitecto municipal —advirtiendo de la irregularidad—, no reclamó la suspensión de la obra ni instó a reformular el proyecto. Tampoco activó ningún mecanismo sancionador, aunque las fotografías aéreas aportadas por la Guardia Civil demostraban que las obras seguían adelante
Con una acción penal que ya existía en el momento en el que se presentó la denuncia, la Fiscalía también remarca que no hay evidencias de que sucesivas corporaciones municipales recibieran alertas posteriores —no hubo nuevas comunicaciones del promotor hasta 2021—, lo que frenó cualquier inspección previa.