El Gobierno de coalición ha defendido desde sus comienzos las garantías de acceso a la sanidad pública, motivo que llevó al jefe del Ejecutivo, Pedro Sánchez, a recuperar la universalidad de este derecho para todos los residentes, allá por 2018, que su homólogo, Mariano Rajoy, había cercenado. Este martes, el Consejo de Ministros dará un paso más para corregir un desajuste que estaba propiciando que un gran cantidad de migrantes no pudiesen acceder a atención sanitaria pese a no contar con otra instancia a la que acudir ante problemas de salud.
El avance llega de la mano del Ministerio de Sanidad, capitaneado por Mónica García, y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, bajo mando de Elma Saiz. Ambas carteras se han aliado para certificar que toda persona residente, incluidos los migrantes ilegales y los españoles residentes en el extranjero que estén de visita en el territorio, puedan acudir a la sanidad pública gratuita, tal y como ha adelantado el periódico El País. De esta manera, se busca dar respuesta a varios problemas sistémicos que estaban dificultando la atención.
Por un lado, busca capearse la imposibilidad de algunas personas migrantes de poder demostrar que su tiempo de residencia en el país se alarga más de tres meses. Asimismo, al eliminar este requisito temporal de 90 días, se permite también que las personas que lleven menos tiempo en España también puedan ser beneficiarias de un derecho básico como la sanidad gratuita. Para abordar la problemática, la coalición de gobierno plantea en el nuevo texto que el derecho se otorgue a cambio de una declaración responsable del ciudadano.
Más concretamente, el solicitante deberá exponer que no tiene una cobertura sanitaria más allá de la que le pueda garantizar la pública, que existe una incapacidad de exportar el derecho de un país tercero y que no existe una persona o empresa con obligación de costearle la sanidad. Una vez declaradas estas cuestiones, se le facilitará una tarjeta provisional, con funcionamiento similar a la de los estudiantes desplazados de su Comunidad Autónoma (CCAA), que da acceso gratuito a la atención sanitaria en cualquier territorio a su portador.
Aparte de la declaración, el beneficiario deberá acreditar posteriormente su residencia, teniendo más opciones para hacerlo con el nuevo decreto. Si bien antes se contemplaba únicamente el padrón municipal, que sigue siendo el mejor de los mecanismos, también se contemplan, a partir de ahora, certificados de escolarización o matriculación en centros públicos, informes emitidos por servicios sociales, facturas de suministros básicos a su nombre (luz, gas, agua) o de telefonía e internet, documentos consulares, registros de visitas de alguna instancia pública y demás mecanismos de naturaleza similar.
Existen excepciones en las que no es necesario acreditar residencia: menores de 18 años; mujeres embarazadas, que tendrán derecho a asistencia al embarazo, parto y tratamiento posterior; solicitantes de protección internacional o del estatuto de apátrida; solicitantes de protección temporal, en caso de afluencia masiva de personas desplazadas; víctimas de violencia de género, de igual manera que los menores que tengan a cargo; víctimas de trata y de violencias sexuales; personas con enfermedades de declaración obligatoria y mujeres que soliciten acceder a la interrupción voluntaria del embarazo.
Obligaciones de la administración
Los solicitante no son el único extremo de la cadena que tiene obligaciones con este nuevo decreto, que era una de las exigencias que organizaciones y asociaciones relacionadas con la defensa de las personas migrantes y la sanidad pública llevan reclamando desde que vio la luz el primer impulso a la sanidad pública de Sánchez. Una laguna, la de la discriminación por procedencia, que se arrastra desde hace ocho años, tiempo en el que los migrante solo podían acudir a urgencias para ser atendidos, y que aparece quedar capeada.
Desde el momento de la aprobación, las administraciones competentes en materia sanitaria, las Comunidades Autónomas, tendrán la obligación de contestar a las personas solicitantes de la tarjeta temporal en el plazo de máximo de tres meses. Una respuesta positiva otorga una tarjeta sin fecha de caducidad al solicitante, mientras que la negativa deja fuera al beneficiario, al que no se le cobrarán los servicios disfrutados hasta el momento. Si pasado ese tiempo no se ha producido una respuesta institucional, se considera el silencio como una resolución positiva.
Síguenos en Google Discover y no te pierdas las noticias, vídeos y artículos más interesantes
Síguenos en Google Discover