La Comisión Europea (CE) ha denunciado a España ante la Justicia de la UE por los episodios de alta contaminación atmosférica que venimos registrando en nuestro país, sobre todo en Madrid y Barcelona, y el consiguiente incumplimiento de la directiva de calidad del aire vigente desde 2010. La Agencia EFE ha definido algunas de las claves para entender este conflicto, que denomina “calvario legal”:

1. Reiterado incumplimiento de la legislación

La de este verano es solo la más reciente de las varias advertencias que la Comisión Europea ha lanzado a España por no cumplir la directiva de contaminación del aire, solo que en esta ocasión el expediente será finalmente elevado al Tribunal de Justicia Europeo.

En España, la calidad del aire mejoró “ligeramente” el año pasado según datos del Ministerio de Transición Ecológica, pero la misma fuente indica que está empeoró en lo que va de 2019, especialmente en relación con el dióxido de nitrógeno, muy nocivo para la salud. En Madrid y Cataluña los niveles de dióxido de nitrógeno (NO2) exceden los límites que exige la ley comunitaria: el valor límite se sobrepasó el año pasado en Madrid hasta en 33 ocasiones, según las mediciones de la estación madrileña de la plaza Elíptica, que acumuló los peores registros de NO2. Los valores límites anuales (VLA) sobrepasaron las concentraciones medias en la ciudad de Madrid, el Corredor del Henares, área Metropolitana de Barcelona y Granada.

2. ¿Qué ha detonado la denuncia?

Principalmente, los planes del nuevo equipo municipal en Madrid de revertir la llamada zona “Madrid Central”, en la que rigen restricciones al tráfico para reducir las emisiones contaminantes. El pasado día 9 de julio la CE manifestó su preocupación por la situación del aire en España, y las organizaciones medioambientales instaron a las administraciones de la capital y a Barcelona a tomar medidas contundentes tras lamentar los planes del nuevo consistorio madrileño de revertir “Madrid Central”, además de reclamar que se implementase de una vez en Barcelona la zona planificada de bajas emisiones ante episodios de contaminación.

El Ministerio para la Transición Ecológica (Miteco), por su parte, reclamó a todas las administraciones con competencias en calidad del aire a trabajar de forma “coordinada” para asegurar una óptima calidad del aire, que cumpliese la normativa vigente. La Comisión Europea ha propuesto la celebración a partir de septiembre de reuniones periódicas con las diferentes administraciones para abordar planes de actuación contra la contaminación en Madrid y Barcelona.

3. El procedimiento que sigue

A partir de ahora, corresponde a la autoridad judicial estudiar los resultados trasladados por la Comisión Europea, y el tribunal dictaminará si la denuncia prospera. Se abrirá primero una fase escrita del procedimiento para exponer ante el Tribunal las imputaciones, motivos o alegaciones de las partes, que se traducirán en la demanda de la Comisión Europeo, un escrito de contestación, réplica y dúplica.

Después, se iniciaría la fase oral para que el Tribunal tenga más datos del asunto escuchando, eventualmente, a las partes o a los interesados, y posteriormente, en su caso, las conclusiones del Abogado General. Esta constaría de tres etapas: informes orales, preguntas de los miembros del TJUE y réplicas.

En el caso de que en la primera etapa del proceso no se avanzara, se pasaría a una segunda, que podría alargar varios años la condena sancionadora en caso de determinarlo la sentencia. Si se impusiese una multa, está podría ser de “cientos de millones de euros”, teniendo en cuenta los montantes de otras sanciones medioambientales previas, según ha precisado a Efe el abogado medioambiental Jaime Doreste, de Magerit Abogados.

Existe sin embargo un mecanismo legal que permitiría al Estado exigir el pago del coste que se pudiera derivar de la infracción a las administraciones responsables por el incumplimiento de la norma.