El juez Juan Carlos Peinado, que instruye la causa contra Begoña Gómez, enviará a juicio la mujer de Pedro Sánchez por malversación de fondos públicos frente a un jurado popular si es juzgada, de igual manera que hará con su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez, y con el Delegado del Gobierno en Madrid, Francisco MartínBaltasar Garzón explicaba en Al Rojo Vivo el truco utilizado por el juez Peinado para su última maniobra.

Tal y como recogía un usario en X -antiguo Twitter-, Garzón explicó en el programa de laSexta que "el juez Peinado desgajó la contratación de la asesora de Begoña Gómez de la pieza principal para poder mandarla a juicio con un jurado popular". "Yo ya no me sorprendo de nada", decía el magistrado.

Este sábado 27 de septiembre a las 18:00 horas se celebrará la conocida como "vistilla", a la que Gómez, Álvarez y Martín deben acudir para concretar la imputación que recae sobre cada uno de ellos. La jornada será especial para Peinado ya que, según han confirmado fuentes de su entorno y adelantaba el periodista de La Sexta Alfonso Pérez Medina, este sábado es su cumpleaños, el último antes de su jubilación.

El jurado popular en España

El juez Peinado comunicaba que la mujer de Pedro Sánchez, Begoña Gómez, será juzgada por un juzgado popular en caso de que que finalmente se abra juicio en su contra por presunta malversación, junto con su asesora Cristina Álvarez y el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín. Pero, ¿qué es exactamente un juzgado popular y que delitos pueden ser juzgados por él?

El jurado popular no es un invento reciente ni una excentricidad judicial. Lo recoge el artículo 125 de la Constitución y, desde 1995, lo regula la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado. La idea es sencilla: que la ciudadanía tenga voz en la justicia penal. En la práctica, son nueve personas sacadas por sorteo del censo, más dos suplentes, que cada dos años se convierten -por obligación- en jurados, siempre bajo la batuta de un juez profesional que marca las reglas y dicta la sentencia en función del veredicto.

El funcionamiento es el siguiente: el juez plantea las preguntas, los jurados escuchan a acusados, testigos y peritos, y después deliberan en privado. Para condenar hacen falta siete votos, para absolver bastan cinco. Su decisión queda por escrito en un acta que el juez lee en público antes de dictar la sentencia definitiva.

Pese a llevar casi tres décadas en vigor, el jurado popular sigue siendo una rareza. La ley lo limita a determinados delitos y, aunque ha estado presente en algunos de los juicios más mediáticos del país, su aplicación es muy excepcional frente a la justicia ordinaria.

Formar parte de un jurado es un deber cívico, pero también está remunerado. La dieta establecida es de unos 67 euros al día (dato de 2018), cantidad que compensa los gastos de desplazamiento y las posibles ausencias laborales.

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