El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la ampliación hasta el 31 de octubre de 2021 de las medidas impulsadas Real Decreto-ley 8/2021 que expiraban el próximo 9 de agosto sobre contratos de alquiler de vivienda y desahucios y la prohibición de cortes de luz, agua y gas, es decir, el denominado escudo social. Las medidas tienen "carácter urgente y son necesarias para responder a la situación de los hogares vulnerables". De hecho, así lo ha manifestado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a través de sus redes sociales

Se trata de una de "protección de los más vulnerables en el ámbito de los suministros energéticos, de protección de la vivienda, para evitar que tengan que abandonar sus hogares como consecuencia de la situación de pandemia, y en la protección de los servicios esenciales a las víctimas de violencia de género, hasta el 31 de octubre", ha explicadoeste martes la ministra de Política Territorial y portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez.

También se ha ampliado hasta finales de octubre el plazo para solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta cuando el arrendador sea un gran tenedor - posea más de 10 viviendas- o sea una entidad pública. El objetivo es el de atender determinadas situaciones de vulnerabilidad que puedan producirse más allá del 9 de agosto como consecuencia de la situación derivada de la evolución del coronavirus y de sus variantes como el Delta. Se trata de una medida que no afecta a pequeños propietarios y que solo puede ser solicitada una vez durante todo el periodo en el que esté vigente. 

Durante el Consejo, también se han prorrogado hasta 31 de octubre la extensión de los contratos de arrendamiento de vivienda que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor, "siempre que no se hubiese llegado a un acuerdo distinto entre las partes y que el propietario, persona física, no hubiese comunicado la necesidad de la vivienda para sí". Al igual que la medida anterior, solo puede ser solicitada una vez durante todo el periodo en el que esté vigente esta medida.

También se ha extendido el plazo hasta el 31 de noviembre durante el que los arrendadores titulares de la vivienda afectados por la suspensión de los desahucios pueden presentar la solicitud de compensación prevista para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social económica en el ámbito de la vivienda.  No hay que olvidar que el pasado 8 de junio  también se aprobó un real decreto que permitía a las comunidades autónomas utilizar los recursos del Plan de Vivienda para pagar a los propietarios la compensación por la paralización en determinados supuestos de los desahucios.

Por otro lado es importante señalar que, dentro de las medidas del escudo social también se contemplan como esenciales aquellas que afectan directamente a la protección y asistencia a las víctimas de violencia de género, incluyendo los servicios de información 24 horas, los servicios de acogida y el sistema de seguimiento del cumplimiento de medidas cautelares.