El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que el impuesto sobre sucesiones y donaciones en España vulnera la Legislación comunitaria porque afecta a la libre circulación de capitales, dado que se aplica un gravamen mayor a los no residentes en territorio español, dado que no pueden beneficiarse de las rebajas que aplican las Comunidades Autónomas. El impuesto de sucesiones es estatal, pero su gestión y recaudación compete a las Comunidades Autónomas.

Denuncia en 2011
En el año 2011 la Comisión Europea presentó una denuncia contra el Gobierno español ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea al considerar que la discriminación en la cuantía del impuesto entre residentes y no residentes vulneraba la Legislación comunitaria de libre circulación de capitales, y ahora el Tribunal le ha dado la razón. Todas las Comunidades Autónomas aplican  rebajas en el impuesto de sucesiones y donaciones de las que no se pueden beneficiar los no residentes porque no están adscritos a una Comunidad Autónoma, por tanto se les aplica el gravamen estatal que es más alto.

No se justifica la discriminación
El Tribunal señala en su fallo que "al no poder gozar de los citados beneficios fiscales, el valor de esa sucesión o esa donación se reducirá" e incide en que esa discriminación no está justificada dado que "no existe ninguna diferencia  entre la situación objetiva de un residente y la de un no residente que pueda sustentar una diferencia de trato".