La campaña de la Renta de 2026 ya tiene fecha y llega acompañada de una novedad que beneficiará a miles de contribuyentes en España. Tras la prórroga de las deducciones fiscales por eficiencia energética, quienes hayan realizado obras de mejora en su vivienda podrán reducir su factura con Hacienda hasta en 9.000 euros, siempre que se cumplan una serie de requisitos establecidos por la normativa vigente.

¿Cuándo empieza la declaración de la Renta 2026?

La Agencia Tributaria dará el pistoletazo de salida a la campaña el próximo 8 de abril, una fecha que supone un ligero retraso respecto al año anterior, cuando comenzó el 2 de abril. En esta ocasión, los contribuyentes deberán declarar las rentas obtenidas durante el ejercicio fiscal de 2025, tanto si están obligados a presentar la declaración como si desean hacerlo para beneficiarse de posibles devoluciones o deducciones.

Como cada año, la campaña se desarrollará durante varios meses y permitirá presentar la declaración de la Renta por internet, teléfono o de forma presencial, según el calendario que marque Hacienda.

¿En qué ámbitos se aplican las deducciones?

La normativa del IRPF contempla diferentes deducciones que permiten reducir la carga fiscal en función de determinadas circunstancias personales y económicas. Estas deducciones se aplican, entre otros ámbitos, a la vivienda habitual, la situación familiar, el trabajo o las aportaciones a planes de ahorro.

No obstante, uno de los incentivos fiscales más relevantes vuelve a ser el relacionado con la eficiencia energética, un ámbito que el Gobierno ha decidido reforzar y mantener como parte de su estrategia de sostenibilidad y ahorro energético.

Deducciones de hasta 9.000 euros por eficiencia energética

La posibilidad de alcanzar una deducción de hasta 9.000 euros es consecuencia directa de la prórroga del Real Decreto-ley 16/2025, vigente hasta finales de 2026 y publicado el pasado 23 de diciembre. Esta norma amplía los beneficios fiscales para quienes inviertan en mejorar la eficiencia energética de sus viviendas o de edificios residenciales completos.

Con esta medida se pretende incentivar la rehabilitación energética, reducir el consumo de energía y fomentar hogares más sostenibles y eficientes.

Requisitos para acceder a la deducción

Para poder beneficiarse de estas deducciones es imprescindible cumplir varios requisitos. En primer lugar, el contribuyente debe disponer de un certificado de eficiencia energética previo a la realización de las obras y de un certificado posterior, que permita comprobar la mejora obtenida.

Ambos documentos deben estar emitidos y visados por un técnico competente. Además, las actuaciones realizadas deben acreditar una mejora mínima del 30 % en la eficiencia energética del inmueble, ya sea mediante la reducción del consumo energético o la mejora de su calificación.

¿Cuánto dinero se puede deducir exactamente?

La cuantía de la deducción varía en función del tipo de obra realizada y del ahorro energético conseguido. La normativa establece tres niveles de deducción:

  • Deducción del 20 %: permite deducir hasta 1.000 euros por pequeñas obras que reduzcan al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración. La base máxima anual es de 5.000 euros.

  • Deducción del 40 %: alcanza hasta 3.000 euros y se aplica a obras que reduzcan un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o mejoren la calificación energética del inmueble a “A” o “B”. La base máxima anual es de 7.500 euros.

  • Deducción del 60 %: dirigida a comunidades de propietarios o edificios completos. Cada propietario puede deducirse hasta 3.000 euros al año, con la posibilidad de repartir las cantidades no aplicadas en los cuatro ejercicios siguientes, lo que permite alcanzar una deducción total de hasta 9.000 euros.

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