El Gobierno ha alcanzado un acuerdo con los sindicatos y ha confirmado que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) subirá un nuevo 5% este año, con efectos retroactivos desde el 1 de enero. Más de 2,5 millones de personas se verán beneficiadas de un aumento mensual de 54 euros si cobran en 14 pagas, 63 si lo hacen en doce. No obstante, el incremento hasta los 15.876 euros anuales (+756), lo que se traduce en 1.134 euros al mes en 14 pagas (1.323 euros en 12 pagas), no afecta solo a los perceptores del mínimo legal.

El ascenso de los sueldos más bajos tiene un efecto directo sobre casi tres millones de personas, pero también un impulso indirecto sobre el resto de estructuras salariales. Hecha la ley, hecha la trampa. Las empresas, respondiendo a su naturaleza, buscan capear el efecto sobre las cotizaciones y los sueldos que tienen las subidas, que acumulan ya un 54% en los últimos cinco años. Muchos trabajadores han celebrado la progresión del SMI, pero se llevarán una sorpresa cuando revisen su nómina y comprueben que todo sigue igual que antes del incremento.

La artimaña utilizada por las empresas, si bien legalmente aceptada, consiste en la absorción de cualquier plus o complemento que el trabajador tuviera contemplado en la nómina y no se garantice en el convenio colectivo. A modo de ejemplo, si una persona percibiese el SMI y 100 euros de plus en concepto de nocturnidad, productividad o cualquier otra variable, la empresa opta por retirarle del plus los 54 euros de subida obligatoria de salario y dejarle una nómina de SMI más el mismo plus reducido hasta los 46 euros.

Como resultado, el coste para la empresa es muy similar, pero el trabajador continúa percibiendo el mismo sueldo escaso por desarrollar su trabajo, pese a que el Gobierno apruebe una subida del SMI destinada, principalmente, a combatir los efectos de la inflación. El Tribunal Supremo ha avalado en varias ocasiones esta práctica empresarial, motivo por el que los sindicatos exigen al Ministerio de Trabajo, liderado por Yolanda Díaz, que modifique la legislación para no permitir que se juegue con el salario de los que ya cobran lo mínimo.

Afectación a los convenios

Otra de las principales consecuencias de la subida del SMI es su afectación a los convenios colectivos. Este efecto indirecto no es generalizado, pero sí tiene importancia en aquellos convenios que contemplen en sus tablas salariales algún nivel que se ubique por debajo de la cuantía mínima que, actualmente, se sitúa en los 15.876 euros al año. Ningún convenio vigente puede contemplar sueldos por debajo de la cuantía mínima, razón por la que, en muchas ocasiones, estos se mantienen caducados y no consiguen renovarse.

Este es el ejemplo del convenio de la prensa diaria, que se encuentra caducado desde el año 2021. No obstante, tras la aprobación de la reforma laboral y la recuperación de la ultraactividad, este se mantiene en vigor hasta la negociación de uno nuevo. En su interior, se refleja el ejemplo dado anteriormente y se puede observar seis grupos profesionales, entre los que uno de ellos se encuentra muy por debajo del SMI.

Concretamente, el grupo salarial 6 tiene contemplada una retribución de 13.767,08 euros anuales, más de 2.000 euros por debajo del mínimo actual. Actualmente, una persona ubicada en este nivel de la tabla salaria debería cobrar el SMI, al ser ilegal ubicarse por debajo, pero lo óptimo sería renovar un convenio caducado desde hace más de dos años.

Sin embargo, la parte empresarial es reticente dado que, al producirse esta renovación, este último grupo debería incrementar su móntate anual en más de 2.000 euros, lo que a su vez empujaría hacia arriba al grupo cinco, ubicado en los 15.965, y este, simultáneamente, al grupo 4 (18.902). El proceso, previa negociación, sería sucesivo y empujaría hacia arriba los salarios de todos los trabajadores, de ahí la negativa empresarial a negociar este tipo de convenias.

¿Cuándo entra en vigor?

Una vez concluida la reunión que dio cita a los agentes sociales, Joaquín Pérez Rey, secretario de Estado de Trabajo, confirmaba que más de 2,5 millones de personas vería situado su salario en los 15.876 euros anuales, lo que se traduce en 1.134 euros al mes en 14 pagas (1.323 euros en 12 pagas). “Subir el SMI es la mejor política contra la desigualdad”, destacaba Díaz.

El acuerdo ya es oficial, pero habrá que esperar para que este se refleje en el Boletín Oficial del Estado (BOE). No obstante, “se apruebe cuando se apruebe, sus efectos serán retroactivos y lo harán desde el 1 de enero”; es decir, que todos los trabajadores perceptores del SMI recibirán la subida correspondiente a enero en sus nóminas, aunque esta pueda llegar a reflejarse en febrero, junto con el sueldo ya elevado.