PREGUNTA:

Hola,

Os planteo lo siguiente:

Llevo casi un año trabajando en mi empresa. En los dos últimos meses me han bajado el sueldo dos veces y me han cambiado de categoría laboral. Sin previo aviso en ambas ocasiones. Ni por escrito, ni llamadas, ni reuniones para comentarme lo que iba a suceder o el porqué. Todo contrario al contrato firmado por ambas partes en su momento. Les pido una explicación o alguna solución y los intermediarios no saben qué decir, sólo que las cosas no se han hecho bien conmigo, pero que esa es la situación.

¿Es legal todo esto?

 

RESPUESTA

Hola,

Por lo que nos explicas, podríamos encontrarnos ante una Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo, recogida en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.

No se trata de una lista cerrada, pero se pueden considerar modificaciones sustanciales, las que afecten a:

◦Jornada de trabajo.

◦Horario y distribución del tiempo de trabajo.

◦Régimen de trabajo a turnos.

◦Sistema de remuneración y cuantía salarial.

◦Sistema de trabajo y rendimiento.

◦Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional.

En tu caso, entendemos que se trata de una afectación individual, y por tanto la empresa, debería preavisarte con una antelación de 15 días, y tú, ante esa modificación y una vez constatado que tiene la entidad para considerarse “sustancial”, impugnarla dentro del plazo de 20 días hábiles (mismo plazo que para impugnar un despido); también frente a una modificación sustancial, la persona trabajadora podrá tener la opción de solicitar la rescisión unilateral de su contrato de trabajo, con acceso a la prestación por desempleo.

En cualquier caso, y dada la complejidad de la cuestión planteada, te recomendamos que acudas a un profesional que pueda asesorarte con precisión respecto de tu caso en concreto.