Alberto Luceño ha expresado este miércoles la “imposibilidad” de depositar los 4 millones de euros de fianza que el juez le había solicitado para asegurar las responsabilidades legales que se deriven del procedimiento judicial.

Lo ha hecho a través de su abogado, quien ha trasladado en un escrito y “muy respetuosamente”, que el investigado no podría rendir cuentas sobre la fianza interpuesta "sin perjuicio de los bienes y saldos en cuentas corrientes ya embargados".

Asimismo, señala que “tan pronto” como su  cliente disponga de patrimonio se atenderá a la solicitud del instructor de la causa que instruye, asimismo, delitos de estafa, falsedad documental y blanqueo de capitales.

En el auto en el que el juez impuso la fianza se explicaba que hasta el momento sólo se ha podido embargar al investigado un inmueble valorado en 1.107.400 euros, diversos vehículos valorados en 946.136,66 euros y el saldo de cuentas corrientes por un importe de 129.140,70 euros.

Por tanto, alegaba que el importe de sus responsabilidades pecuniarias alcanzaba 6.206.644 euros, por lo que conforme al artículo 589 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal debía fijarse una fianza de 4.023.966,94 euros, tal y como solicita el fiscal anticorrupción.

El juez apuntó que dicha fianza era susceptible de ser ampliada si no se encuentran bienes de otro investigado, al ser una fianza solidaria por la totalidad de las responsabilidades civiles (6.206.966,94 euros).

48 horas de plazo

El juez había dado 48 horas de plazo para para abonar la fianza de 4.023.966,94 euros, en cuyo caso de impago se procedería al embargo de los bienes que encuentren a nombre dela sociedad mercantil Takamaka Invest.

Con ello, el encargado de dirigir el caso acordó oficiar al Punto Neutro Judicial para que facilite los bienes muebles de valor e inmuebles a nombre de Luceño y de la empresa. De igual modo, solicita que se inste a la Agencia Tributaria para que facilite bienes muebles e inmuebles en el extranjero