A punto de cumplirse un año de la resolución del BOE en la que se exigía la devolución de parte del inmueble de Alberto Núñez Feijóo y su mujer, Eva Cárdenas, la pareja ha recurrido ante la Audiencia Nacional la demolición del muro de este chalet en Moaña. El presidente de la Plataforma en Defensa del Sector Marítimo Pesquero de Galicia (Pladesemapesga), Miguel Delgado, asegura que se trata de un movimiento "desproporcionado e inmoral" que "deja en muy mal lugar" al popular.
Tras la última resolución del Ministerio de Transición Ecológica, que alegó que, pese a que los anteriores propietarios levantaran un muro con puertas, los 215 metros cuadrados de terreno de público nunca pertenecieron a la finca y, por lo tanto, no existe motivo para mantenerlos, a Eva Cárdenas se le abrían dos caminos: el de elevar la causa al contencioso-administrativo o, por lo contrario, volver al Ministerio, que, previsiblemente, habría vuelto a fallar en su contra.
La mujer de Feijóo ha optado por escoger la primera de las vías, alargando el caso y, por ende, su disfrute del espacio de dominio público del que actualmente hacen uso privativo en Moaña. Así, la que fuera responsable de Zara Home y el presidente popular han decidido recurrir ante la Audiencia Nacional la demolición del muro. Frente a esta decisión, el presidente de la Plataforma en Defensa del Sector Marítimo Pesquero de Galicia (Pladesemapesga), Miguel Delgado, ha tildado este movimiento de "desproporcionado, inmoral y falto de ética" en declaraciones a ElPlural.com, motivo por el que "rechazamos frontalmente esta decisión".
Además, el pescador ha asegurado que "en cualquier caso, deja en muy mal lugar a la pareja de Eva Cárdenas, al señor Feijóo como líder de la oposición que, en la teoría, defiende la Justicia, el derecho de todos los ciudadanos ante la ley, más desde su perspectiva y profesión que es la de letrado".
Al escoger esta primera vía, Cárdenas vuelve a evitar escuchar una nueva negativa del Estado, y es que existen precedentes que demuestran que por esta vía se puede lograr de facto continuar disfrutando de la ocupación de terreno público, aunque sea durante un tiempo, aún si la Justicia no les diera la razón, debido a una cuestión puramente temporal.
Por su parte, el ayuntamiento de Moaña, al que varios vecinos señalan por tener, presuntamente, abandonado el paseo marítimo, ratificaba que el interés público “debe prevalecer” y “se debe recuperar el dominio público por varias cuestiones”, entre otros motivos porque se trata de una zona de "difícil acceso" que puede acarrear problemas en caso de necesidad de rescate.
La lucha de Feijóo y Eva Cárdenas por mantener su acceso privado a la playa
Desde que ElPlural.com publicara las primeras informaciones junto a otros medios de comunicación, la mujer de Núñez Feijóo ha hecho todo lo que estaba en su mano por mantener en pie un inmueble que ocupa un espacio de dominio público marítimo-terrestre, según ha confirmado el propio Estado.
Hace casi un año, el BOE publicaba la resolución de costas que, precisamente, exigía la devolución de parte del inmueble por ocupar un espacio de dominio público-terrestre. La también administradora única de Niebla Azul presentó un recurso contra esta decisión y solicitó una prórroga para poder seguir haciendo uso de su acceso privado a la playa durante 30 años a partir de la fecha del deslinde, es decir, hasta 2037.
En su resolución, el Ministerio afirmó que, pese a que los anteriores propietarios levantaran un muro con puertas, los 215 metros cuadrados de terreno de público nunca pertenecieron a la finca, por lo que no cabe mantenerlos. Así, el organismo público se retrotrajo a la primera inscripción que aparece en el registro de la propiedad de la finca, el 24 de enero de 1941 (Eva Cárdenas la adquiere en 2019).
En aquel entonces se alude a una superficie de “siete áreas cuarenta centiáreas” -es decir, 708 metros cuadrados- que tenía como lindero sur la “playa mar”, una superficie que, por otra parte, nunca cambió documentalmente hasta cerca de 85 años después y un total de 926 metros cuadrados. Desde ese momento, y hasta la actualidad, no hay constancia de que ningún documento certifique la licencia para la construcción del muro de contención que invade terreno público.
En su última respuesta del pasado mes de mayo, el Servicio de Costas -que depende del Ministerio de Transición Ecológica- dicta que se trata de una “ocupación del demanio sin el debido título habilitante”: “Los terrenos objeto del presente expediente deberían considerarse, en todo caso, como un exceso de cabida sobre la superficie de la finca registral de referencia, respecto a la que la interesada no habría acreditado su condición de titular registral, así como la condición de propiedad privada, amparada por el artículo 34 de la Ley Hipotecaria de la citada superficie, o el tracto registral ininterrumpido de la misma, a partir de un título inscrito en el correspondiente Registro, en fecha anterior a la de entrada en vigor de la vigente Ley de Costas; debiendo considerarse la citada superficie como una ocupación del demanio sin el debido título habilitante”.
“Cuenta con los permisos preceptivos”
Eva Cárdenas indica a este periódico que la vivienda “se halla correctamente registrada, catastrada y cuenta con los preceptivos permisos”, mientras que “no existe respecto de dicha vivienda, ningún procedimiento administrativo sancionador que cuestione supuestas irregularidades de la misma”.
El terreno público no pertenece a la vivienda”, añade, aclarando que “el Expediente de recuperación posesoria de aproximadamente 210 metros cuadrados de terrenos de Dominio Público Marítimo-Terrestre por imposibilidad física de acceso se refiere a una franja de terreno sita delante de la vivienda, separada del mirador de Masandía por un muro de bloque realizado en su día por el Concello de Moaña”. “Eva Cárdenas no ha utilizado ni ocupado el terreno público en cuestión desde que adquirió la vivienda colindante”, se asegura.
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