La pasada semana la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, selló su postura sobre el aborto rechazando ofrecer un registro de médicos objetores tal y como ha solicitado a cuatro comunidades el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, e incumpliendo la Ley Orgánica 1/2023 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. Sin embargo, este miércoles la responsable de Sol anunciaba que serán los servicios jurídicos de su Ejecutivo los que decidan sobre este registro.
A razón de ello y del debate que se ha configurado en torno al derecho de las mujeres a abortar tras las recientes declaraciones tanto de Ayuso como del alcalde de la capital, José Luis Martínez-Almeida, ElPlural.com ha querido preguntar a la unidad de Interrupción Voluntaria de Embarazo (IVE) el procedimiento que tiene que seguir una mujer que desea interrumpir su embarazo de forma voluntaria en la Comunidad de Madrid. Estas son las respuestas que ha recibido:
P.: Quería saber cómo puedo proceder a interrumpir el embarazo.
R.: Lo que tienes que hacer es poner en internet ‘clínicas de interrupción del embarazo en la Comunidad de Madrid’. Te saldrá que son privadas, pero todas tienen una acreditación en concierto con la sanidad pública. Lo primero que tienes que hacer es elegir la clínica, y una vez elegida, les llamas, pides cita con ellos en persona, verifican el embarazo, y te explican todo el protocolo, todo el procedimiento para que sea por la sanidad pública y con ellos gestionas la cita con nosotros y con la clínica para interrumpir.
Ante esta respuesta, este periódico ha preguntado si de todo el conjunto de hospitales públicos que hay en la Comunidad de Madrid, en ninguno hay ningún profesional que pueda practicar el aborto.
P.: ¿En ningún hospital puedo de la Comunidad de Madrid?
R.: No, hay una cosa que se llama objeción de conciencia. Como es una interrupción voluntaria de embarazo los ginecólogos se declaran objetores, entonces por eso se optó por la clínica. Aunque seas ginecólogo, es voluntario, puedes declararte objetor.
P.: Me llama la atención porque ¿no hay ningún ginecólogo en todos los hospitales que quiera?
R.: Exacto.
P.: ¿Me está diciendo que en todos los hospitales públicos de la Comunidad de Madrid no hay ningún ginecólogo que quiera practicar el aborto?
R.: A fecha de hoy, no.
Incumplimiento de la ley y 22 millones a la privada
Con estas declaraciones que ha recogido este periódico queda claro el escenario al que se enfrenta una mujer cuando quiere interrumpir su embarazo en la Comunidad de Madrid: imposible hacerlo en la sanidad pública, obligada a hacerlo en una clínica privada, y el 100% de los médicos de hospitales públicos, objetores, según han defendido fuentes de sanidad de la Comunidad de Madrid en esta conversación telefónica.
Sin embargo, de todo ello se desprende además la ausencia de respaldo legal del procedimiento que se sigue. La reforma de la ley del aborto que se aprobó en 2023 -Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo- fijaba como obligatorio que toda mujer que deseara abortar lo pudiera hacer en un centro público sin necesidad de tener que ser derivada a una clínica privada. Así, en el artículo 18 de la Ley Orgánica 1/2023, que modifica la Ley Orgánica 2/2010, se recoge que “las usuarias del Sistema Nacional de Salud tendrán acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en condiciones de igualdad efectiva”. “Las administraciones sanitarias que no puedan ofrecer dicho procedimiento en su ámbito geográfico remitirán a las usuarias al centro o servicio autorizado, en las mejores condiciones de proximidad de su domicilio, garantizando la accesibilidad y calidad de la intervención y la seguridad de las usuarias”, reza el artículo.
Además, en el artículo 19 de la citada ley se señala que “la prestación sanitaria de la interrupción voluntaria del embarazo se realizará en centros de la red sanitaria pública o vinculados a la misma, según lo establecido en el artículo 18”. “Si, excepcionalmente, la administración pública sanitaria no pudiera facilitar en tiempo la prestación, las autoridades sanitarias reconocerán a la mujer embarazada el derecho a acudir a cualquier centro acreditado en el territorio nacional, con el compromiso escrito de asumir directamente el abono de la prestación”. Y todo ello, además, queda reforzado en el preámbulo de la ley donde se indica que “la ley establece la obligación de las administraciones públicas sanitarias […] de garantizar la prestación en los centros hospitalarios, de acuerdo con criterios de gratuidad, accesibilidad y proximidad, estableciendo los dispositivos y recursos humanos suficientes para la garantía del derecho en todo el territorio”.
Al margen de esta realidad, con la que la Comunidad de Madrid estaría pasando por alto las disposiciones recogidas en la ley, el pasado 23 de septiembre la ministra de Sanidad, Mónica García, ofreció los datos referentes al número de interrupciones voluntarias que se han llevado a cabo en la última década en la Comunidad de Madrid: de 162.000 solo 177 se realizaron en un centro público, es decir, solo el 0,11 % de las interrupciones voluntarias del embarazo se realizaron en centros públicos en los últimos diez años en la Comunidad de Madrid.
En otro orden de cosas, la Comunidad de Madrid es la segunda autonomía -por debajo de Andalucía- que más millones destina a las derivaciones de las IVE a la sanidad privada, concretamente, 22.676.268,96 euros entre 2019 y 2024. Precisamente sobre esto se pronunció recientemente la titular de la cartera de Sanidad que advirtió de que “hablamos de un gasto público que estaría mejor invertido en fortalecer la capacidad del sistema sanitario público”. “Los recursos públicos deben servir para reforzar la sanidad pública, no para suplir sus carencias. Esos recursos deberían destinarse a crear estructuras estables, formar profesionales y asegurar que las mujeres puedan acceder a este derecho sin depender de derivaciones a clínicas privadas”, sentenció la ministra.
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