La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado al Ayuntamiento de Madrid, dirigido por José Luis Martínez-Almeida, por la “revelación, transmisión y difusión” en medios de comunicación de datos personales del novio de Isabel Díaz Ayuso, Alberto González Amador. Entre esos datos aparece información sobre el piso del empresario.

Más concretamente, la información que saltó a los medios de comunicación estaba incluida en los expedientes que se abrieron al compañero sentimental de la presidenta de la Comunidad de Madrid en 2022 para analizar la posible ilegalidad de las obras que éste llevó a cabo en el domicilio de Chamberí en el que convive con la lideresa regional.

Se trata del segundo litigio que González Amador gana al consistorio de Cibeles en relación con esta vivienda, y es que en abril del año pasado trascendió que un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la capital falló a favor de la pareja de Ayuso al entender que la reforma integral que realizó se encontraba amparada por una declaración responsable que se presentó de manera debida.

La batalla administrativa entre el comisionista y el Ayuntamiento que encabeza el compañero de partido de la presidente encuentra su origen en el verano de 2022, cuando González Amador adquiere el piso por 850.000 euros aportando una entrada de 350.000, similar a la cantidad que presuntamente defraudó a Hacienda.

Las obras que protagonizan estas líneas fueron objeto de polémica desde el primer momento y hubo varios problemas, desde el restaurante ubicado en el bajo, al que llegaron aguas fecales, hasta el derribo de tabiques pasando por la vía pública misma, que ocuparon las empresas de cristalería encargada del saneamiento.

El lavado de cara del piso se volvió mediático en mayo de 2024, cuando trascendió a los medios de comunicación que el Ayuntamiento de Madrid estudiaba la legalidad de las obras. Justo un mes después, González Amador se dirigió a la AEPD, que ahora impone una sanción sobre el consistorio, después de tres meses de diligencias y alegaciones por parte del equipo del regidor.

Meses de pugna

La Agencia sostiene que la parte sancionada ha vulnerado hasta tres artículos del Reglamento de Protección de Datos. Con todo, al producirse en contra de una administración pública, la sanción se queda en una suerte de aviso para que corrijan los errores de su sistema de protección de datos.

La resolución, consultada por elDiario.es, explica que el novio de Ayuso denunció que, entre los datos filtrados se encontraban su nombre completo, su DNI, la dirección postal de su vivienda, su número de teléfono o la dirección de correo personal, además del contenido íntegro de los expedientes urbanísticos vinculados a su vivienda habitual. Asimismo, lamentaba que terceras personas pudieran ver datos del sitio, como la superficie o la distribución, además del presupuesto y el coste de la obra. 

La Agencia trasladó la denuncia al Ayuntamiento de Madrid, que respondió un mes más tarde indicando que, después de estudiar lo ocurrido, detectaba una docena de noticias que mencionaban o incluían de forma literal dos expedientes administrativos relativos a la vivienda en cuestión; y que dicha información se había obtenido a través de dos aplicaciones distintas del consistorio.

La primera de esas aplicaciones se corresponde con una herramienta de acceso público que sirve para consultar licencias y expedientes urbanísticos y que depende en última instancia de la Agencia de Actividades. Mientras tanto, la otra aplicación solo puede utilizarse por personal municipal autorizado. Con este primer aviso, el Ayuntamiento bloqueó la aplicación de acceso telemático público.

El equipo de Cibeles señaló que no podía calificar el incidente como “brecha de seguridad” porque no tenía constancia de que se hubiera producido una violación de seguridad de los datos personales o accesos ilegítimos relacionados con los sistemas de información gestionados por la Informática del Ayuntamiento de Madrid. 

Asimismo, la parte ahora sancionada explicó que iba a llevar a cabo una “desconexión temporal” de la aplicación pública para trabajar en la anonimización de datos sensibles y bloqueó el acceso a la persona que había consultado la aplicación interna en reiteradas ocasiones.

La Agencia inició un proceso que le llevó meses y, en diciembre de 2024, arranca el procedimiento sancionador. En agosto de 2025, y después de diversas alegaciones por parte del equipo municipal, la Agencia solventó que el Ayuntamiento se había saltado el reglamento europeo de protección de datos, pidiendo la anonimización de todos los datos de carácter personal. 

Resolución de la AEPD y reacción de Ayuso tras la denuncia

La resolución de la AEPD contempla que la información urbanística debe seguir un principio de “transparencia máxima”, pero que ésta “no es limitada”, debiendo permanecer el "derecho fundamental a la protección de datos personales”. “Únicamente -son permisibles- aquellos datos realmente necesarios para la finalidad de (...) fiscalización”, emplaza. Ahora, el Ayuntamiento tiene medio año para poner en marcha todas las medidas que se le exige. 

La presidenta de la Comunidad de Madrid respaldó la decisión de su novio de denunciar señalando que “un ciudadano tiene derecho a defenderse si una institución revela datos personales”, independientemente de la “administración que sea”.

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