La seguridad que alegó Alberto Núñez Feijóo para levantar el muro de dos metros de la que era su vivienda en Moaña no es suficiente y el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acaba de avalar su derribo.
El problema lo tiene ahora el nuevo propietario que le compró la casa al líder del PP, porque ese muro de cierre situado en el frente de la parcela que da a la vía pública de la casa situada en la localidad pontevedresa de Moaña es quien debe hacerse cargo de esa obra.
La decisión del alto tribunal gallego supone el desestimiento del recurso de apelación presentado por el actual dueño de la propiedad y confirma la sentencia emitida por el magistrado del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra.
La Sala, en el fallo, aclara que el ayuntamiento del municipio concedió licencia en 2017 para la ocupación temporal de espacio público y la construcción del muro por motivos de seguridad, todo ello condicionado a que el entonces presidente autonómico fuese titular del inmueble.
Sin embargo, después de la venta del inmueble cuatro años después de la concesión de ese permiso, el Concello de Moaña ordenó al actual propietario la demolición del muro, argumentando que excedía la altura permitida y ocupaba espacio de cesión municipal.
Según recoge la sentencia, los magistrados indican que “una vez tomado conocimiento el ayuntamiento de esa transmisión, notificó al recurrente y apelante un requerimiento para proceder a la demolición del muro de seguridad construido en la parcela, considerando que se había producido un cambio de titularidad y que habían desaparecido las causas que motivaron la concesión de la licencia de obra para su construcción".
De este modo, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia indica en la resolución que el muro "vulnera la normativa urbanística del ayuntamiento", pues es "ilegal, no solo por altura, sino por ocupación de espacio de cesión", al tiempo que destacan que no encuentran "motivo alguno para mantenerlo con base a una hipotética situación de seguridad".
En su caso, advierten al actual dueño de la vivienda de que "debería plantearse como una nueva solicitud del ahora apelante y una nueva valoración en informes de los órganos correspondientes que adecuara el caso a su situación personal".
Al actual propietario de la casa le queda la opción de recurrir ante el Tribunal Supremo en casación, dado que la sentencia aún no es firme.