Cinco meses después de que el Ayuntamiento de Lleida presentara una ordenanza para prohibir el burka y el niqab en espacios públicos que acabó siendo debatida en toda Cataluña, este viernes la capital de provincia catalana ha aprobado la propuesta. La iniciativa del Gobierno municipal del PSC no menciona de forma directa a dichas prendas en su texto, sino que restringe el uso de cualquier vestimenta que oculte el rostro de la persona que la lleva. Para quienes incumplan la normativa, se establecen sanciones económicas que oscilarán entre los 400 y los 750 euros. 

En concreto, la propuesta se trata de una modificación de la ordenanza municipal de civismo y convivencia y ha salido adelante con los votos a favor de PSC, Junts y Vox y el rechazo de ERC, PP y El Comú de Lleida. De esta manera, el pleno del Ayuntamiento ha dado luz verde a una propuesta que no es nueva. En 2010, el Consistorio ya acordó restringir el uso de cualquier prenda que cubriese el rostro al aprobar una ordenanza nacida de una moción de Convergència i Unió (CiU). 

Sin embargo, la ordenanza aprobada en 2010 fue tumbada en 2013 por el Tribunal Supremo (TS), a raíz de un recurso presentado por la asociación islámica Watani para la Libertad y la Justicia después de que esta misma recurriera la medida ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), el cual sí que avaló la iniciativa. El Alto Tribunal alegó entonces que el Ayuntamiento no tenía la potestad para imponer la prohibición.

Las posibles multas

Con la modificación aprobada no solo se prohíbe el uso de prendas que cubran todo el resto, sino también ir únicamente con ropa interior, con bañador o desnudo en la vía pública. Todo el que infrinja estas restricciones estará cometiendo una infracción leve, para las cuales se establecen multas de entre 400 y 750 euros, aunque la reiteración podrá elevar el grado de gravedad de la infracción. 

Cometer dos o más infracciones leves en un plazo de dos años podrá considerarse realizar una grave, la cual conlleva una sanción de entre  751 y 1.500 euros. Asimismo, la reiteración de una infracción grave en los dos años siguientes podrá suponer una muy grave, teniendo que pagar entre 1.501 y 3.000 euros de multa. 

Excepciones contempladas por la normativa

Por otro lado, la ordenanza prevé algunas excepciones respecto a los espacios públicos en los que se deberá cumplir la normativa vinculadas a los supuestos del ejercicio de derechos. Por ejemplo, la restricción no se aplicará en los lugares de culto y los espacios en los que algunas de estas vestimentas están socialmente aceptadas, como es el caso de las piscinas municipales con bañadores. 

En el pleno, el alcalde de Lleida, Fèlix Larrosa, ha señalado la necesidad de aprobar la propuesta, señalando que “convivir significa respetarnos y cumplir las normas” y ha apuntado que “desde 2020 ha habido un incremento del incumplimiento de las ordenanzas”. Por su parte, la tercera teniente de alcaldía y concejala de Seguridad, Movilidad y Civismo, Cristina Morón, ha indicado que el Ayuntamiento defiende “un espacio de todos que necesita unas normas para todos con una ordenanza que combina la prevención, la mediación, la reparación y, cuando es necesario, la sanción”. 

El Ayuntamiento defiende que es una medida para "proteger a las mujeres" 

La prohibición de las prendas que cubren el rostro y, por ende, del burka y el niqab en Lleida ya abrió un debate el pasado mes de abril. Sobre dicha cuestión se pronunció el presidente de la Generalitat, Salvador Illa, que aseguró que nunca había visto ningún burka en la ciudad y que era partidario de no entrar en un debate sobre el asunto “para combatir marcos de discursos de odio”, aunque defendió que en la propuesta del Ayuntamiento “no hay una actitud racista ni en contra de determinados símbolos”. 

Por su parte, el alcalde de Lleida afirmó entonces que con la prohibición del burka el Consistorio pretendía “proteger a las mujeres” y defender sus derechos fundamentales. En este sentido, manifestó que las mujeres que llevan esta prenda “lo hacen de forma obligada” y que la “vestimenta que se utiliza no tiene nada que ver con los derechos religiosos. Igualmente, Larrosa remarcó que la posición del gobierno municipal era que “el burka y otras vestimentas humillan a las mujeres”. 

La ordenanza incluye otras infracciones 

Además, desde el Gobierno municipal se subrayaba que la prohibición de las prendas que cubren el rostro es una de las infracciones que contempla la ordenanza, pero no la única, y que también se incluyen otras como orinar en la calle o tener conductas racistas, xenófobas y machistas, como la demanda de servicios sexuales. De la misma manera, en el Consistorio se diferenció su propuesta de otras para restringir el burka, como la de Vox en el Congreso de los Diputados o la del PP en el Parlament de Cataluña, en que no planteaba la cuestión desde el punto de vista de la seguridad, sino de la defensa de los derechos de las mujeres. 

En esta línea, el Ayuntamiento ha elaborado un plan de acciones socioeducativas que sostiene que está “basado en la igualdad de género, el respeto a la diversidad cultural y el derecho a la libre decisión de cada mujer”. Esta estrategia incluye medidas como programas de formación y de aprendizaje de la lengua, actividades interculturales, grupos de apoyo, acompañamiento en la inserción laboral e impulso de las relaciones sociales. 

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