Cataluña

La Audiencia Nacional aplica la amnistía a los doce CDR acusados de terrorismo meses después de la sentencia del TJUE

Los magistrados de la Sala de lo Penal han archivado la causa tras el reclamo de la Fiscalia y los abogados de los procesados de que hicieran efectiva la norma avalada por la justicia europea en julio

Seis CDR que serán citados en la Audiencia Nacional por la causa por presunto terrorismo en la operación Judas, ante los Juzgados de Sabadell (Barcelona), el 22 de junio de 2020. Foto de ARCHIVO / EUROPA PRESS
Seis CDR que serán citados en la Audiencia Nacional por la causa por presunto terrorismo en la operación Judas, ante los Juzgados de Sabadell (Barcelona), el 22 de junio de 2020. Foto de ARCHIVO / EUROPA PRESS

La Audiencia Nacional ha amnistiado a los doce miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) que habían sido acusados de delito de terrorismo. De esta manera, se ha archivado la causa contra los procesados después de que la Fiscalía y sus abogados reclamaran al órgano judicial la aplicación de la ley de amnistía de acuerdo con la sentencia dictada el pasado 16 de julio por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Dicho pronunciamiento avalaba que se hiciera efectiva la norma para los investigados en el marco de la Operación Judas por pertenecer a los Equipos de Respuesta Táctica (ERT), una facción radicalizada de la organización de la que formaban parte, que presuntamente habría querido recurrir a la violencia con el fin de conseguir la independencia de Cataluña. 

Tres meses más tarde al pronunciamiento del TJUE, los magistrados de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional han comunicado este viernes su resolución, en la que declaran “el sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones seguidas” contra los doce CDR a los que se les imputó pertenencia a organización terrorista “por extinción de su responsabilidad penal”. En el auto, los jueces señalan que, al entenderse que la ley de amnistía aprobada en mayo de 2024 por el Congreso de los Diputados “no contradice las directivas europeas", deben “incluirse los hechos que son objetos de este procedimiento”, es decir, los delitos de los que se les acusaba.

Asimismo, los magistrados apuntan que, según la justicia europea, los hechos imputados a los doce CDR, “aunque calificados provisionalmente de un posible delito de terrorismo, no suponen graves violaciones intencionadas de derechos humanos”. En este sentido, remarcan que la sentencia del TJUE indica que las acciones investigadas no comprometieron “los principios de seguridad jurídica, igualdad de trato y no discriminación, así como de primacía y de cooperación leal”. 

El TJUE indicó que la amnistía "no menoscaba el efecto útil" de la directiva europea relativa a la lucha contra el terrorismo

En concreto, en su resolución, el TJUE respondía a la cuestión prejudicial que planteó la Audiencia Nacional, alegando que la norma podía ir en contra del artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre el derecho a la vida y el artículo 3 referido a la prohibición de tortura. Los jueces europeos dictaminaron que la aplicación de la ley de amnistía a los doce CDR “no menoscaba el efecto útil” de la directiva europea relativa a la lucha contra el terrorismo. 

Aparte del delito de pertenencia a una organización terrorista, a ocho de los amnistiados se les atribuía también la tenencia, depósito o fabricación de explosivos y estragos en grado de tentativa en su lucha por la independencia de Cataluña tras el referéndum del 1 de octubre de 2017. La detención de estos y los otros cuatro CDR se produjo en septiembre de 2019, cuando se llevó a cabo la Operación Judas. 

Años más tarde, en noviembre de 2023, la Audiencia Nacional solicitó penas de entre ocho y 27 años de cárcel para los doce CDR imputados por terrorismo, reclamando las más altas para los acusados también de tenencia, depósito o fabricación de explosivos y estragos en grado de tentativa. Sin embargo, una vez aprobada la ley, aplazó el juicio y, en septiembre de 2024, optó por elevar el asunto al TJUE al considerar que aplicarles la amnistía podía ir en contra de la directiva europea relativa a la lucha contra el terrorismo.

Con la sentencia de los magistrados europeos avalando la amnistía y sosteniendo que no perjudicaba al derecho europeo ya en mano, la Audiencia Nacional ha mantenido la causa abierta hasta ahora. La resolución se ha comunicado este viernes después de que el 28 de septiembre la Sala de lo Penal diera diez días a las partes para pronunciarse. 

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