El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de siete años y seis meses de cárcel impuesta a un concejal del Partido Popular en Alcalá de la Vega, Cuenca, por atropellar intencionadamente a Rufo Montero, quien era por aquel entonces, en 2018, el alcalde de la localidad por el PSOE.

El condenado, Marcos Martínez Ruiz, había recurrido la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, pero el Supremo ha desestimado su recurso en gran parte. El Alto Tribunal solo ha admitido una parte del recurso de casación presentado por Marcos Martínez, por la que se le exime de la responsabilidad civil subsidiaria de un día de privación de libertad en caso de no pagar dos cuotas diarias de multa. Por lo tanto, se mantiene la pena de prisión, junto con una multa diaria de 6 euros durante quince meses por un delito de atentado, y otra multa diaria de seis euros por un delito de lesiones. Además, Martínez Ruiz deberá indemnizar al exalcalde con 2.000 euros y cubrir las costas del proceso judicial.

Una historia de trifulcas

La larga relación basada en la gresca que los concejales del PP y PSOE tienen en esta localidad conquense comienza muchos años atrás.

En un comienzo, las tornas estaban cambiadas al ser Rufo Montero sentenciado a un año y seis meses de prisión tras haber dado una paliza a David Martínez Collado, quien fue portavoz del Grupo Popular en el Ayuntamiento de la localidad. La condena también incluía una indemnización por lesiones y secuelas de 16.530 euros.

Sin embargo, con el paso del tiempo, el actual acusado Marcos Martínez Ruiz, fue condenado por un delito de atentado contra Rufo Montero en el año 2017. En esta ocasión la condena fue de un año de prisión y una multa de seis meses.

La condena actual

El “popular” Marcos Martínez Ruiz fue detenido en mayo 2018 tras intentar atropellar a Rufo Montero mientras circulaba por la carretera comarcal CUV-5002. La sentencia describe que el socialista fue golpeado por el espejo retrovisor del vehículo, provocándole varias lesiones y, no conforme, el concejal del PP bajó del coche con la intención de tirarle piedras a la víctima. Todo ello “en represalia de por su actuación en el ejercicio de sus funciones públicas” y, según explican los tribunales, por las “discrepancias” entre el ambos por haber paralizado unas obras del padre del acusado.

El Supremo ha desestimado el resto del recurso presentado por el acusado. Entre sus argumentos, este alegaba que no había pruebas de que su actuación estuviera motivada por la denegación de una licencia de obras a su padre.

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