El Partido Socialista ha interpuesto un recurso contencioso administrativo contra el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Madrid que aceptó la lista de la candidata del PP, Isabel Díaz Ayuso, pese a haber sido previamente denunciada por los socialistas al incluir en ella a Toni Cantó y Agustín Conde. La denuncia de los socialistas pone en serios aprietos al Partido Popular.

Son tres las cuestiones que se dilucidarán en las próximas horas y que pueden influir en gran medida en la campaña electoral de Díaz Ayuso:

  1. ¿Qué hacer con las papeletas de cara al próximo 4 de mayo? 
     
  2. ¿Quién compone la Junta Electoral Provincial de Madrid y cómo de ajustadas a derecho son sus decisiones?
     
  3. ¿Cómo se realizó el empadronamiento de Toni Cantó y Agustín Conde en la Comunidad de Madrid?

Respecto a la segunda y tercera cuestión aún es pronto para aventurar una conclusión. Lo que sí es seguro es que a día de hoy, el Partido Popular tiene un serio problema con las papeletas electorales de cara al próximo 4 de mayo.

En su recurso, el PSOE estima que "la condición de elector y elegible (de Toni Cantó y Agustín Conde)  no se habría producido, no solo no antes del 1 de enero, sino una vez convocadas las elecciones después del 11 de marzo”. Además, indican que "los cambios de empadronamiento entre distintas circunscripciones electorales con fecha posterior al cierre censal del 1 de enero de 2021 no pueden considerarse de cara al proceso electoral en curso para las elecciones de 4 de mayo de 2021, sin que aquellos que, por tanto, no puedan reunir la condición de electores, puedan reunir la condición de elegibles, concurriendo en ellos causa de inelegibilidad”.

Dicho de otro modo: si la Justicia da la razón al PSOE, Toni Cantó y Agustín Conde (ambos impuestos a Isabel Díaz Ayuso por Génova 13) tendrán que dejar de formar parte de la candidatura de Isabel Díaz Ayuso.

No es un asunto menor.

Como todos los partidos políticos en la Comunidad de Madrid, el Partido Popular se halla inmerso en la impresión y distribución de su propaganda electoral junto a las papeletas que en pocos días deberían llegar a todos los domicilios de la región. En dichas papeletas, figuran los nombres de Cantó y Conde. Debido a la denuncia de los socialistas, el PP no puede distribuir dichas papeletas ya que si la Justicia anula sus nombramientos, esas papeletas serían nulas.

Es decir, el PP no podrá buzonear sus papeletas hasta no tener plenas garantías de que esa lista que se remite a los domicilios por correo, cuenta con todas las garantías legales.

La respuesta del PP

Conscientes del problema, el PP ha contraatacado: la Junta Electoral Provincial de Madrid ha pedido al PSOE y a Unidas Podemos que retiren sus folletos y propaganda de voto por correo al estar en ellos fotografías de los candidatos de estas formaciones, Ángel Gabilondo y Pablo Iglesias respectivamente.

En concreto, la Junta requiere la "inmediata retirada de los impresos" confeccionados "supuestamente" para promover el voto por correo hasta el comienzo de la campaña electoral, aunque estima que no cabe expediente sancionador.

A este respecto, cabe preguntarse: ¿Es ajustada a derecho esta decisión de la Junta Electoral? ¿Quienes son sus componentes? ¿Hasta qué punto influye el punto de vista de los asesores de la Junta?