Cada vez que habla lo estropea un poco más. Esta vez lo ha hecho por boca de su letrado. El abogado del empresario y exvocal de la Cámara de Comercio de Sevilla Manuel Muñoz Medina, imputado por simular un beso a la líder de Podemos Teresa Rodríguez, ha recurrido el auto de procesamiento ante la Audiencia de Sevilla con argumentos en algún caso bastante llamativos, como cuando llega a glosar las posiciones políticas de Rodríguez sobre Cataluña para así restar importancia a su conducta presuntamente delictiva. 

Además de insistir en que todo fue una broma, Muñoz afirma que Teresa Rodríguez "no parece una persona timorata ni especialmente vulnerable y sensible ante una eventual degradación moral”, ni tampoco alguien “extremadamente sensible y de tal debilidad emocional que un simulacro de beso le haga sentirse gravemente humillada, ultrajada y moralmente degradada".

Política y psicología

¿En qué se basa Muñoz para poner negro sobre blanco en un documento judicial ese diagnóstico psicológico sobre alguien a quien no conoce personalmente? Pues en que Teresa Rodríguez –dice el escrito con un deje de sarcasmo– "valientemente, no deja de reconocer la independencia de Cataluña" o en que "publica en las redes sociales –para después arrepentirse y borrarlo– que el presidente del Gobierno es un lamentable cheposo y servil". De todo ello deduce Muñoz que Rodríguez exagera con mala fe el daño sufrido.

Para el recurrente, la verdadera víctima no es Rodríguez, sino él mismo, que "ha visto puesta en duda su honorabilidad y su reputación ha resultado gravemente dañada, siendo objeto incluso de múltiples mofas en programas de televisión de importantísima difusión nacional".

Contra la Fiscalía

Muñoz acusa a Teresa Rodríguez prácticamente de mentir: "Denunció lo que denunció recargando, exagerando y dramatizando lo sucedido, faltando incluso a la verdad cuando relata haber sido empujada, arrinconada y amordazada", una denuncia que la Fiscalía "extremó, acentuó y enfatizó, alineándose con la promovida inicialmente por la 'víctima'", a pesar de la existencia de una grabación por parte de las cámaras de la institución que "desmiente" los hechos denunciados.

Como se sabe, en el auto de procesamiento, la juez de Instrucción número 11 de Sevilla sostiene que los hechos podrían ser constitutivos de un delito contra el orden público, "dada la condición de autoridad pública de la víctima, el acto público al que acudía en tal condición y la acción de acometimiento sufrido por ésta", y/o de un delito contra la integridad moral.