La Asociación Federal Derecho a Morir Dignamente ha mostrado su satisfacción por el archivo, por parte de los Juzgados de Huelva, de la demanda en la que se solicitaba la reposición de la sonda nasogástrica a Ramona Estévez, porque "por fin" la Justicia empiece a "ser sensible a este tipo de causas".
 


 

 
 
Demanda de ADV
La demanda fue interpuesta por la Asociación Derecho a Vivir por considerar que esta sonda es medio "ordinario para preservar la vida" de una persona que no puede alimentarse por sí misma y apelando a la dignidad de la persona y el derecho a la vida.

Archivo de la demanda
El Juzgado de Instrucción número 4 decidió su archivo por un defecto de forma, mientras que el de Instrucción 5 lo ha hecho tras ver el informe del fiscal realizado tras recabar la información médica y de hablar con los parientes, y sabiendo que era una cuestión ya vista y archivada por otro departamento judicial.

Satisfacción
La asociación Derecho a Morir Dignamente, a través de su página en Facebook, ha expresado su satisfacción por una decisión judicial que "no da pábulo" a las denuncias de lo que consideran los sectores "más reaccionarios" del país.  Esta asociación fue la que asesoró a José Ramón Páez, hijo de Ramona Estévez, para la interposición de la queja ante la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía que llevó a esta a intervenir en aplicación de la Ley de la Muerte Digna -en vigor desde 2010-.

Respetar la Ley por pare de los hospitales
Considera que los centros asistenciales, tanto públicos como privados, deben "respetar las leyes vigentes y actuar, por tanto, conforme a lo establecido tanto en la Ley de Autonomía del Paciente -en el ámbito nacional- como en las leyes autonómicas allí donde existan".

Coma irreversible
Ramona Estévez es una paciente de 91 años en coma irreversible tras sufrir un derrame cerebral el 26 de julio a la que los médicos del hospital Blanca Paloma de Huelva sondaron para que pudiera recibir alimento tras, según los familiares, "darles un ultimátum".

Retirada de la sonda
El pasado 4 de agosto y tras la queja de la familia, la Consejería intervino y se le retiró la sonda en base al deseo expresado por sus representantes para que así se hiciese, en consonancia con la voluntad de la paciente, después de que el centro se negara, al entender que se trata de un "un rechazo al tratamiento", supuesto "perfectamente contemplado" en la ley andaluza.